EL PAíS
Lo que sería la nueva ley
La ofensiva antiterrorista norteamericana, posterior al 11 de septiembre, tendrá un correlato en la Argentina: un proyecto de ley muy extenso que la SIDE le va a enviar al Gobierno junto con el informe sobre el caso AMIA. En EE.UU. hay enormes cuestionamientos a los manejos legales que han llevado a la detención de numerosísimos ciudadanos de origen islámico, sin acusación alguna, sin juicio y violando abiertamente los derechos humanos. Los redactores de la ley argentina aseguran que no será así, pero el texto no se conoce todavía. La definición de terrorismo es clave porque el problema es que la ley pueda servir para reprimir protestas sociales. El concepto que figuraría es: “Se consideran terroristas a las acciones de asociaciones ilícitas que tienen como objetivo alarmar y aterrorizar a la sociedad mediante explosivos o sustancias químicas de elevado poder destructivo y que atentan contra la paz y la seguridad internacional”. Los redactores sostienen que en esa definición quedaría claro que se trata de atentados de alto poder destructivo y que las motivaciones tienen que ser internacionales y no de naturaleza interna.
–¿Qué sucede con dos militantes que ponen una bomba como las que se pusieron últimamente, casi caseras?
–Sería un caso de violencia interna, no entra dentro de la ley antiterrorista. Le aseguro que no pretendemos demonizar la protesta social. Eso ya lo demostró este Gobierno.
La Ley Antiterrorista tendrá los siguientes capítulos:
u Concepto de terrorismo y penalidades para las actividades terroristas.
u Competencias: quién investiga, qué jueces actúan, el papel de las policías y la SIDE.
u Instrumentos antiterroristas. Aquí entra el régimen del agente encubierto, o sea un infiltrado en la organización terrorista. También el colaborador, o sea el arrepentido que es integrante del grupo pero acepta colaborar a cambio de una reducción de pena y siempre que no tenga un rango alto en la organización.
u Régimen del informante y del denunciante. El primero, ya se sabe, es el que pasa datos, en general a cambio de dinero. Para el segundo se establecerán qué garantías se le darán, como la reserva de identidad.
u Fondo permanente de protección contra el terrorismo. Tendrá que ver con recompensas y fondos para la lucha antiterrorista.
u Financiación de las organizaciones terroristas. Desaparecerá el secreto bancario en las investigaciones sobre atentados y tendrá facultades la Unidad de Investigaciones Financieras que hoy investiga casos de lavado.
u Habrá capítulos en los que se facilitará la extradición de acusados por actos terroristas, la colaboración con otros países, la asistencia judicial entre estados y las investigaciones conjuntas.
El texto final se está revisando y, como siempre, levantará polémicas. Por lo general, las legislaciones de este tipo han servido para perseguir a quienes se oponen a las políticas de Washington y a sostener a dictaduras recalcitrantes amparadas por EE.UU. Poco sirvieron en cambio, para enfrentar los modelos de sociedad feudal e igualmente recalcitrantes que pretende instaurar Bin Laden.