EL PAíS
El poder político en el centro del encubrimiento
Por A. M. y R. K.
“Criticamos la respuesta del poder político luego de producido el atentado –dicen los jueces en el último párrafo de su comunicado oficial–, toda vez que funcionarios nacionales y de la provincia de Buenos Aires oscilaron entre una indebida intromisión en el trámite del proceso, la indiferencia y la falta de compromiso en defensa de la verdad y la justicia, constituyendo una nueva y gravísima contribución al descreimiento generalizado en las instituciones.” Más allá de este diagnóstico sombrío, en el que se acusa al menemismo de falta de voluntad política para esclarecer el atentado, los jueces en su fallo denunciaron por distintos delitos a una larga serie de integrantes de los tres poderes y, además, bomberos, jueces, empleados, fiscales, abogados y un dirigente de la comunidad judía.
- Se declaró nula el acta del 25 de julio de 1994 donde se da cuenta del hallazgo del motor de la Trafic entre los escombros de la AMIA. El bombero que la firma reconoció en el juicio que él no había encontrado el motor y que sólo le pidieron que firme. Por ello, los jueces piden que se investigue a los bomberos por falsedad ideológica. La existencia de la Trafic fue ratificada en el comunicado emitido por los jueces y aunque se anula el acta de hallazgo del motor, queda claro que los jueces encontraron otras pruebas para concluir que el atentado se hizo con esa camioneta usada como coche-bomba. Los detalles completos se conocerán en los fundamentos del fallo, el 29 de octubre a las 20 horas.
- Se le imputan al juez Galeano numerosos delitos. Entre otros, la falsedad de la declaración de Telleldín por la que se le habían pagado 400.000 dólares, la destrucción de videos de prueba, la privación ilegal de la libertad y hasta torturas de un testigo, el ofrecimiento de dinero a imputados y la extorsión a un abogado, amenazándolo con meterlo preso si no declaraba como testigo de identidad reservada.
- Por casi los mismos delitos, se acusa al fiscal José Barbaccia, quien –según los jueces– conocía toda esta operatoria.
- A Carlos Corach y a Hugo Anzorreguy se los acusa de formar parte de la maniobra que concluyó en el pago a Telleldín y el armado de la pista falsa.
- A Rubén Beraja, de conocer el arreglo con Telleldín y también acompañar esa maniobra.
- A la SIDE de realizar intervenciones telefónicas sin orden judicial, en especial a las embajadas de Irán y Cuba. Pero también a otros ciudadanos que figuraban en una foja famosa, la 114, y que eran sospechosos de tener relación con el atentado. Sucede que primero les intervinieron el teléfono y después, mediante la foja 114, incluida sin fecha en el expediente, se autorizaron judicialmente las escuchas.
- Al ahora camarista Gabriel Cavallo, quien instruyó la primera causa en la cual se investigó el video en el que aparecían negociando el juez Galeano y Carlos Telleldín. Cavallo sobreseyó a Galeano y por ello los jueces no sólo lo acusan, enviando copia para que se sortee un juez que investigue su actuación, sino que también se manda copia al Consejo de la Magistratura.
- Al juez Norberto Oyarbide también se lo acusa en el fallo de ayer. El magistrado instruyó una causa relacionada con el video, en la que se acusaba a Ribelli de extorsionar a Galeano con un video supuestamente robado del despacho del juez. En esa causa, Oyarbide realizó escuchas telefónicas y en una de ellas, un secretario de Galeano, de apellido Pereira, cuenta cómo le pagaron a Telleldín. A pesar de tener en su poder semejante prueba, Oyarbide no denunció el hecho.
- A varios integrantes de la Comisión Bicameral de Seguimiento de la Investigación de los Atentados, entre ellos Carlos Soria, Raúl Galván,Carlos Alvarez, Federico Storani, César Arias y Melchor Cruchaga, porque en una sesión secreta de esa Comisión vieron el video y no denunciaron penalmente a Galeano.
- Se acusa al camarista bonaerense Federico Domínguez, por entonces en la secretaría de Seguridad provincial, a la abogada Marta Parascándalo y al ex comisario Luis Vicat de beneficiar a un policía, Alejandro Burguete, quien tenía las mismas imputaciones que los demás, pero maniobraron para conseguirle la libertad. A Domínguez y Vicat también se los acusa de ofrecerle dinero al imputado Diego Barreda y a su padre para que declaren contra Ribelli.
- A la propia abogada de la DAIA, Marta Nercellas, se la acusa de haber concurrido a hablar con el abogado de un acusado con micrófonos ocultos. Se libró copia del fallo al Colegio de Abogados.
- Se acusa al abogado Gustavo Semorile de actuar como una especie de intermediario en una extorsión realizada por Ribelli contra Telleldín en abril de 1994, o sea varios meses antes del atentado. Semorile era abogado de Telleldín cuando se arregló que éste le pagara a los policías para seguir delinquiendo. Semorile fue señalado como protagonista de la negociación espuria.
- Hay gravísimas acusaciones contra los empleados y secretarios del juzgado de Galeano a quienes les imputan, por ejemplo, mentir en el juicio oral y destruir pruebas. A varios de ellos se los señala por su colaboración con distintas maniobras.
Los jueces redondean su diagnóstico mencionando que el juez no fue imparcial, que se llevaron a cabo o al menos toleraron numerosos actos ilegales. Como ejemplos, señalan la obtención, al margen de la ley, de información de imputados detenidos, la intercepción de conversaciones telefónicas de abogados defensores, el pago a un imputado y la formulación de promesas a otros, la presión a detenidos, efectuar filmaciones subrepticias a imputados y testigos, destruir luego esas filmaciones sustrayendo la prueba, formar legajos que se mantuvieron ocultos a la mayoría de las partes, facilitar encuentros entre Beraja y Telleldín en el propio juzgado, sin su presencia, la grabación furtiva a un abogado defensor y la violación sistemática del secreto que ampara a los abogados.