EL PAíS › ARGUMENTOS LEGALES CONTRA LA INTERVENCION

Borrar un decreto con el codo

 Por Eduardo Videla

Los abogados de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires presentaron ayer ante la Justicia un elemento adelantado ayer por este diario: el mismo día en que en el Boletín Oficial de la Ciudad apareció publicado el decreto de necesidad y urgencia que disponía la intervención a la Obsba, aparecía otro decreto firmado por el mismísimo jefe de Gobierno, Mauricio Macri, nombrando a los representantes del Estado en el directorio de la obra social. Este último decreto era del 28 de diciembre, el último día hábil de 2007. Y el de intervención tiene fecha del 2 de enero, primer día hábil de este año. Para el constitucionalista Andrés Gil Domíngez, representante legal de la Obsba en esta causa, esta contradicción “atenta contra la teoría de los actos propios, sobre la que la Corte Suprema ya sentó jurisprudencia: un acto de gobierno no puede ser contrario a otro dictado con anterioridad”.

Gil Domínguez es autor del recurso de amparo presentado por la Obsba que pide a la Justicia la nulidad e inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 1/08. La causa recayó en el juzgado de la jueza Elena Aramburu de Liberatori, quien el lunes pidió dos elementos de prueba: el informe de la Auditoría que cita el decreto como uno de los fundamentos de la intervención, y un supuesto relevamiento obrante en el Ministerio de Salud, que daría cuenta de falencias en la atención de los afiliados de la obra social de los municipales.

El informe de la Auditoría, que daría cuenta de deficiencias en la rendición de un subsidio de 20 millones de pesos otorgado por el gobierno porteño a la Obsba, no sería en realidad un dictamen definitivo sino el informe preliminar de un ex auditor, el macrista José Luis Giusti, que aún debe ser debatido por el cuerpo. Esa situación cuestionaría la validez del argumento: “Un informe es confidencial, no puede ser divulgado antes de ser aprobado”, dijo a Página/12 el abogado Gil Domínguez.

La jueza debería adoptar una resolución mañana, antes de la sesión de la Legislatura en la que se pretende ratificar el DNU. Si lo hace después, la cuestión podría convertirse en abstracta, ya que el recurso cuestiona un decreto que entonces sería ley. Lo cual obligaría a los abogados a hacer una nueva presentación.

En tanto, distintos prestadores de la obra social publicarán una solicitada de “desagravio” a los términos del decreto, ya que se sienten afectados cuando se califica de “deficiente” el nivel de la prestación de salud. “Somos prestadores de otras obras sociales y de prepagas y nunca hemos recibido quejas de esta naturaleza”, dijeron voceros de los prestadores, que incluyen a clínicas, sanatorios, laboratorios y otros centros de atención.

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