SOCIEDAD › LA CORTE RATIFICO UN FALLO CUESTIONADO

Condena por drogas y sin testigos

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la validez de un juicio oral donde un hombre fue condenado por tenencia de marihuana, a pesar de que durante la investigación del caso no se recibió declaración judicial a “ningún testigo” y en el debate oral “no se produjo ninguna prueba”, según estableció la Procuración General de la Nación.

Por una ajustada mayoría de cuatro votos a tres, el máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la defensa de un hombre que fue condenado por el Tribunal Oral Federal Nº2 a un año y medio de prisión, por los delitos de “tenencia simple” de marihuana.

Los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay rechazaron por “inadmisible” la apelación presentada por la defensora oficial del condenado, mientras que Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Raúl Zaffaroni se pronunciaron por anular el juicio. Así, el fallo de la Corte dejó firme la condena y avaló el procedimiento.

El hecho ocurrió el 12 de agosto de 2003 en un control policial en la avenida Eva Perón, entre las calles Lafuente y Castañón de la ciudad de Buenos Aires. Allí, una subinspectora de la Policía Federal detuvo la marcha de un taxi e identificó a su conductor y al pasajero que venía en el asiento de atrás –el finalmente condenado–, quien tenía antecedentes de robo. En presencia de dos testigos el hombre fue requisado y entre sus ropas la policía halló “tres envoltorios que contenían marihuana y billetes de diez pesos falsos”, señala el expediente.

El procurador general adjunto Luis González Warcalde criticó el fallo del tribunal oral porque consideró que “en la instrucción, el juez federal optó por no recibir a ningún testigo”. Además consideró que la actuación “no fue suficiente para cumplir con los estándares mínimos que ofrece un procedimiento judicial”. Pese a que los testimonios que se dieron ante la policía fueron incorporados por lectura, advirtió que “en este proceso penal no han sido respetadas las formas sustanciales de todo juicio (acusación, defensa, prueba y sentencia), adecuadas a las características propias del sistema oral”.

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