SOCIEDAD › EL ACUSADO DE DISPARAR EL PROYECTIL QUE PROVOCO UNA MUERTE EN EL RECITAL DE LA RENGA QUEDO LIBRE

Falta de mérito en el caso de la bengala

La Cámara de Apelaciones de La Plata consideró que no había pruebas suficientes para acusar a Iván Fontán de homicidio simple con dolo eventual y ordenó su libertad. Además pidió que se profundice la investigación.

La Justicia platense dispuso ayer la liberación “por falta de mérito” de Iván Fontán, acusado de haber disparado la bengala que ocasionó la muerte de Miguel Ramírez, durante un recital de la banda La Renga. La Sala III de la Cámara de Apelaciones de La Plata consideró que no hay pruebas para imputarle la autoría del hecho, por lo que liberó a Fontán, quien se encontraba detenido desde mediados de mayo, imputado por el delito de homicidio simple con dolo eventual. Los camaristas fundamentaron su resolución en contradicciones en los resultados de la autopsia y en la declaración de un testigo que lo incriminaba. Fuentes judiciales remarcaron a este diario que si bien el imputado quedó en libertad, continúa la investigación sobre su responsabilidad en el hecho.

Los jueces Alejandro Villordo y Carlos Silva Acevedo, de la Sala III de la Cámara, consideraron que no hay pruebas suficientes para imputarle a Fontán la autoría del hecho. “La acción de amparo interpuesta por la defensa debe prosperar porque los elementos obrantes en la causa no resultan suficientemente convincentes, por el momento, para sostener que el impacto de una bengala náutica haya sido la causa determinante de la muerte de Miguel Ramírez”, indica la resolución.

En diálogo con Página/12, la fiscal Virginia Bravo, quien acusó a Fontán por el delito de homicidio simple por dolo eventual, consideró que “hubo diferente valoración de las pruebas y diferencia de criterios”. “Nosotros teníamos elementos que demostraban la materialidad y autoría” del hecho, remarcó.

Según el fallo firmado por los camaristas, “el informe de operación de autopsia resulta en sus conclusiones contradictorio con su ampliación”, siendo que “ambos fueron realizados por los mismos médicos”. En ese sentido, argumentaron que surge “de la ampliación del informe de autopsia que no se ha podido determinar que las lesiones sufridas por la víctima hayan sido provocadas por un elemento pirotécnico”. Sin embargo, advirtieron que la duda “posiblemente pueda ser despejada con el resultado de la reautopsia dispuesta y las pericias complementarias ordenadas”.

El dictamen, a su vez, cuestiona la valoración de la conducta asumida por Fontán. Para los magistrados, “no existen en autos elementos que permitan afirmar, por el momento, que su obrar haya sido doloso”. Y además, “no se encuentra probado que haya habido un desprecio o indiferencia” por el resultado producido. “La acción desplegada por Fontán se encuentra más cerca de un obrar culposo con representación en el que el resultado aparece como improbable”, dice la resolución.

La fiscal dijo a este diario: “Hay elementos que me hacen pensar que Fontán sabía el riesgo que se corría al prender el artefacto”. Explicó que en el pedido de prisión tuvo en cuenta el testimonio del amigo del acusado –que cuando vio la bengala le advirtió que no la encendiera– y los testimonios en posiciones relativas que “son coincidentes en tiempo y espacio acerca del lugar de lanzamiento”. También tiene en cuenta, entre otros puntos, una pericia química que señala que las partículas encontradas tanto en la muestra de prendas del imputado como las de la víctima “son coincidentes” en morfología y composición elemental.

Otro de los puntos abordados por la Sala III es el testimonio de Leonardo Garay, que para los magistrados es “poco convincente”. Garay describe a Fontán “como una persona sin barba y morocha de tez trigueña, no coincidiendo esta descripción con la fisonomía del imputado”, según fotografías del día del recital, como las del reconocimiento en rueda de personas. Dijo además que vio “a una distancia de diez metros, y luego de apagarse la luz, que el objeto que llevaba Fontán en su mano tenía un palo de unos 80 centímetros de largo, que la parte de la pólvora era de color marrón y que ésta tenía una mecha de unos 10 centímetros, describiendo lo que comúnmente se conoce como ‘cañita voladora’”. Para los camaristas, “resulta llamativo” que en esas circunstancias haya podido observar con tanta precisión la bengala, y enfatizaron que “lo que más dudas genera es que la bengala náutica no posee ni bara (sic) o palo de madera, ni mecha”.

Con estos argumentos, concluyen que “no se ha podido acreditar debidamente, por el momento”, cuál fue la causa determinante de la muerte de Ramírez. Por lo que sin mérito suficiente para que Fontán continúe detenido, los camaristas revocaron la prisión preventiva y dispusieron su inmediata libertad.

Informe: Soledad Arréguez Manozzo.

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Iván Fontán estaba detenido desde mediados de mayo, acusado por homicidio simple con dolo eventual.
Imagen: Gentileza Rolling Stone
 
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