SOCIEDAD › LA CáMARA DE CASACIóN REVISó LA SENTENCIA Y LE REDUJO LA PENA A LA MITAD

Una nueva condena para Fernando Carrera

Es el único acusado por la llamada Masacre de Pompeya, en la que murieron tres peatones. La Corte Suprema anuló la primera condena, a 30 años, por irregularidades en la sentencia. Ahora, otro tribunal determinó que, de todas maneras, es culpable.

 Por Carlos Rodríguez

La situación procesal de Fernando Carrera, imputado por robo y como autor responsable de la llamada Masacre de Pompeya –cuando atropelló y mató con su auto a tres personas, y lesionó a otras cuatro–, sigue abierta a la polémica. Condenado a 30 años de cárcel en junio de 2007, ese fallo fue dejado sin efecto por la Corte Suprema de Justicia en junio de 2012, cuando ordenó a la Sala III de la Cámara de Casación que revisara los fundamentos de esa sentencia. La Sala III que, con otra composición, había confirmado el fallo inicial en mayo de 2008, ayer ratificó que Carrera es culpable, pero redujo la pena a 15 años. Sus defensores, con el apoyo de dictámenes de organismos públicos y de derechos humanos, volverán a apelar la condena y siguen afirmando que Carrera “es inocente” y que se trata de “una causa armada por la Policía Federal”. Ayer adelantaron que presentarán un recurso extraordinario ante Casación y, si es rechazado, recurrirán en queja nuevamente a la Corte Suprema. Carrera, mientras el fallo no quede firme, seguirá en libertad.

Los hechos ocurrieron el 25 de enero de 2005, divididos en tres etapas sucesivas: el robo cometido por dos personas –según entendieron los jueces, Carrera y otro hombre que logró escapar–, una persecución a cargo primero de dos víctimas del asalto y luego de dos brigadas policiales, y como cierre, el auto del procesado circulando a contramano por la avenida Sáenz, donde arrolló a cinco personas y se estrelló contra una camioneta Kangoo, donde estaban dos jóvenes que resultaron lesionados.

La Sala III de Casación condenó ayer a Carrera a 15 años de prisión como “coautor penalmente responsable del delito de robo agravado con armas de fuego”, en concurso real con homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por “la conducción imprudente de un vehículo automotor y por la cantidad de víctimas” fatales, tres, más las “lesiones culposas graves y lesiones culposas leves” de otras cuatro personas. También se le imputó la “portación de un arma de guerra, sin la debida autorización legal”.

Los jueces de Casación –con la mayoría de los votos de Mariano Borinsky y Ana María Figueroa– establecieron la pena en 15 años. En su disidencia, la presidenta del tribunal, Liliana Catucci, coincidió en buena parte de los argumentos, pero interpretó que se tenía que aplicar una condena de 20 años. Los delitos imputados tienen una sanción mínima de 6 años y ocho meses, y una máxima de 33 años de cárcel.

La Sala III, sin embargo, hizo lugar en forma parcial al pedido de revisión de la defensa de Carrera, impulsado por el fallo de la Corte. En ese punto, absolvió a Fernando Carrera de la acusación de “abuso de armas”, por el violento tiroteo que se produjo sobre la avenida Sáenz, en el barrio porteño de Pompeya. La absolución es por el “beneficio de la duda”, establecido en el artículo 104 del Código Penal y 3º del Código Procesal Penal de la Nación.

Desde su primera declaración ante la Justicia, Carrera, acompañado por sus defensores, Federico Ravina y Rocío Rodríguez, sostuvo que “es inocente” de todos los cargos. Sin antecedentes penales, alegó que el día de los hechos iba a encontrarse en Pompeya con una persona a la que le iba a alquilar una vivienda. Lo que afirma la defensa es que los policías se equivocaron de auto –Carrera manejaba un Peugeot 205 blanco.

Según su versión, cuando llegó a la esquina de Del Barco Centenera y Sáenz, observó que era apuntado con un arma por una persona de civil, en un auto particular, sin identificación. Quiso escapar por “temor a ser asaltado” y fue así que dobló a contramano por Sáenz. La defensa dijo que Carrera recibió un impacto en el rostro –está comprobado que lo hirieron de ocho disparos–, perdió el conocimiento y el control del vehículo, motivo por el cual atropelló a cinco personas y a la Kangoo.

En el fallo de ayer, la Sala III consideró que Carrera, a las 13.15 del 25 de enero de 2005, junto con otro hombre cuya identidad nunca se precisó, asaltó a Juan Alcides Ignes, quien estaba estacionado con su auto en Barros Pazos 5690, en Villa Lugano. Luego de forcejear con Ignes, a quien amenazaban con armas de fuego, le robaron la suma, en pesos, de 250 dólares que la persona asaltada había cambiado en un banco de Morón. Según los testigos, Ignes y su sobrino Héctor Vaira se subieron a un coche de su propiedad y comenzaron a seguir al Peugeot 205, al tiempo que daban aviso al Comando Radioeléctrico de la Federal.

Los testigos aseguraron que, en un momento dado, el hombre que dicen que acompañaba a Carrera se bajó del auto y “enderezó” la chapa patente del Peugeot, que estaba “hacia abajo”, con el supuesto propósito de evitar ser identificados. Luego quedó uno solo en el auto que huía y los jueces afirmaron que era Carrera. En el fallo al que tuvo acceso Página/12, rechazaron todas las afirmaciones de la defensa: nunca dio el nombre de la persona que iba a ver en Pompeya y hasta admitió que “no tenían una cita” acordada.

También refutaron los dichos del procesado en el sentido de que “no escuchó la sirena” del auto policial que lo seguía de cerca al llegar a la avenida Sáenz. Los jueces coincidieron en que hay testigos que afirman que “escucharon la bocina” y vieron la luz de la baliza policial sobre el techo del móvil. El otro elemento que descartaron los jueces es la pérdida de conocimiento que alega haber sufrido Carrera, luego de recibir un impacto de bala en su rostro, que le habría impedido tener el control del vehículo cuando dobló en Sáenz. Los juces afirmaron que está probado que Carrera pasó de punto muerto, cuando estaba parado en el semáforo de Centenera, a poner “la primera y la segunda”, hasta desarrollar una velocidad estimada en 60 kilómetros por hora.

En el fallo se dice que Carrera no llevaba puesto el cinturón de seguridad y que el peritaje en el auto corroboró que el volante estaba doblado. Esto demostraría que “Carrera se aferró a él para no golpearse”, lo que significa, según el fallo, que “estaba consciente”. También se sostiene en el fallo, en contrario de lo dicho por la defensa, que Carrera tenía un arma, una Taurus 9 milímetros, con la que habría efectuado, dijo la Sala III, cinco disparos. Cuatro vainas se encontraron dentro del auto.

Los jueces descartaron el “abuso de armas” que se imputaba a Carrera, porque no pudo establecerse en forma rotunda “quién disparó primero”. Respecto de las muertes de Gastón Grabiel Di Lolo (6 años), su madre Edith Elizabeth Custodio y Fernanda Gabriela Silva, además de los cuatro heridos, se estima que Carrera “no tuvo intención de matar”, aunque se lo sanciona por la forma imprudente en que manejó ese día. Ayer, en la conferencia de prensa, Carrera no se hizo presente. Con su familia vive en un lugar bajo reserva, con custodia, por una amenaza que sufrió el año pasado. Por lo demás, el hoy nuevamente condenado ya estuvo siete años preso, de manera que está cerca de la condicional, aunque quede firme la pena de 15 años.

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Carrera manejaba el Peugeot blanco que atropelló a tres personas después de haber sido baleado por policías.
Imagen: DyN
 
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