Jueves, 4 de agosto de 2016 | Hoy
SOCIEDAD › OPINIóN
Por Sabrina Cartabia Groba *
En Argentina el aborto es legal. Las mujeres contamos con este derecho desde 1921, cuando en el Código Penal se introdujo el Artículo 86 estableciendo que frente al embarazo producto de violencia sexual o cuando este ponga en riesgo la salud o la vida podemos interrumpir la gestación. La salud, entendida en términos integrales, como manda nuestra Constitución y los tratados de Derechos Humanos, comprende no solo el aspecto físico, sino también el social y el mental. Por lo tanto todo aborto, según nuestra legislación debe ser garantizado como una práctica segura y legal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación así como organismos internacionales de Derechos Humanos se han pronunciado aportando claridad a la cuestión. Sin embargo no todas las mujeres gozamos del efectivo ejercicio de nuestros derechos humanos. La disparidad recorre diferencias de apoyo, información, clase y de regiones. Acceder a abortos legales no es una tarea sencilla. Si bien existen cada vez más equipos de salud y organizaciones sociales que respetan la ley generando día a día mayor acceso a la interrupción legal del embarazo las resistencias se manifiestan. La violencia es su sello, pues la sociedad Argentina se encuentra cuestionando el paradigma de clandestinidad que violenta a las mujeres, por lo tanto la misoginia encarnada en la penalización legal y moral adquiere características represivas donde el derecho penal se instrumentaliza para mantener la apariencia de un consenso colectivo respecto a qué decidir interrumpir un embarazo sea un crimen. Se resiste a volverse pasado, y la violencia es su modo de imponerse al presente. Por eso en Tucumán la condena a Belén, una mujer que llegó con un aborto espontáneo a un hospital público solicitando asistencia frente a una emergencia obstétrica, fue tan virulenta. Inmediatamente encarcelada, el entramado de violaciones de derechos es sellado entre el poder judicial, la corporación médica y la policía, recordándonos a las mujeres que nuestros cuerpos no nos pertenecen disciplinando, a través del ejemplo de una condena de 8 años por homicidio, a todas. Actualmente el caso se encuentra a decisión de la Corte Suprema de la Provincia de Tucumán.
Casi en simultáneo en la Ciudad de Buenos Aires, dos profesionales de la salud que asistieron a una mujer en situación de violencia de género para que pudiera abortar en un centro de atención primaria fueron denunciadas por la ex pareja violenta de ella. Su denuncia encontró terreno fértil en un Fiscal, que argumentó que solo la salud entendida exclusivamente como la afectación física que ponga en peligro la vida es aquella que justifica el derecho a interrumpir un embarazo. Embestido en su poder solicitó el procesamiento de las médicas, amedrentando en complicidad con un varón violento a quienes como proveedoras del derecho humano a la salud habían actuado acorde a sus obligaciones. Pero los rayos de luz asoman y la Jueza del Juzgado Nacional Criminal de Instrucción N° 16 dictó el sobreseimiento sosteniendo argumentos relacionados a la vida, salud y dignidad de las mujeres realizando un aporte jurisprudencial de vanguardia y ajustado a los derechos humanos. Ahora le toca a Corte Suprema de la Provincia de Tucumán demostrar si está a la altura de las circunstancias o si va a continuar sosteniendo la impunidad de estructuras misóginas que nos disciplinan y torturan a diario.
* Abogada feminista, Red de Mujeres.
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