Jueves, 6 de septiembre de 2007 | Hoy
Todos los establecimientos de salud públicos y privados del país están obligados a practicar análisis a los recién nacidos para detectar determinadas patologías como Chagas, sífilis, hipotiroidismo neonatal y retinopatía del prematuro. La ley 26.279, promulgada ayer, establece un régimen para la detección y tratamiento de las siguientes enfermedades: fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, Chagas y sífilis. Además, la norma contempla el desarrollo de campañas de difusión acerca de las características y riesgos de las patalogías.
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