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Las posiciones del fallo

Algunos de los detalles de los cuatro votos a favor y los tres en contra, de la Corte Suprema de la Nación, que determinaron la confirmación del fallo de la Justicia jujeña, que condenó a Romina Tejerina a 14 años.

- “Un embarazo fuera del matrimonio, en la generalidad de los casos, ya no escandaliza a nuestra sociedad. De allí que la nota de ‘ocultar la deshonra’ aparece actualmente injustificable para atenuar la pena que correspondería a un homicidio calificado.” (Highton de Nolasco.)

- “En este caso debe decirse que la gravedad del hecho imputado a Tejerina ha sido cuidadosamente contrapesada por el tribunal de juicio con una completa consideración del contexto biográfico de la acusada y de su estado psíquico al momento de perpetrar el homicidio.” (Argibay.)

- “...la afirmación a la que se reduce todo el fallo según la cual si al momento del hecho la imputada no hubiera comprendido la criminalidad de su acto ‘(...) no le hubiese permitido recordar las circunstancias vividas con tanta claridad y detenimiento’, no es más que una afirmación que sólo encuentra fundamento en la voluntad de quien la sostiene y que sin basamento alguno decide nada menos que sobre la capacidad de culpabilidad de una persona. Nuevamente: la lucidez en el relato posterior, en nada contradice la posibilidad de inimputabilidad del sujeto al momento del hecho.” (Fayt y Zaffaroni.).

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