Domingo, 15 de enero de 2006 | Hoy
“El banco debe dar seguridad a los clientes para que la seguridad sea una realidad y no un enunciado”, resumió la abogada especializada en casos de damnificados bancarios Nydia Zingman de Domínguez sobre el asalto al Banco Río de San Isidro del viernes. La especialista resaltó a Página/12 que ante este tipo de situaciones “los damnificados pueden iniciar juicio contra el banco independientemente del juicio para averiguar quiénes fueron los asaltantes”. En los procesos por incumplimiento de contrato de seguridad se admite la “prueba de indicios, es decir, no se pide la plena prueba porque nadie está preparado para que le roben, pero se pueden utilizar pruebas parciales que demuestran al juez que es verdad lo que se reclama, presentar elementos que den cuenta de lo que estaba dentro de la caja de seguridad como papeles que prueben una herencia, pasajes que demuestren que se estaba por hacer un viaje, peritos y médicos que hablen acerca de las consecuencias que produce en las personas este tipo de robos, joyeros o amigos que hayan visto las joyas que se reclaman, fotos de las mismas, papeles donde se verifique el cambio de dólares, testigos que digan que se asistió a una inmobiliaria para hacer una compra, etc.” Al mismo tiempo destacó que “la prueba de indicios no hay que entregarla al banco sino agregarse a la defensa para el juicio”. En ese sentido recalcó que este tipo de juicio “puede durar alrededor de dos o tres años” y que en sus años de experiencia “nunca vi que el banco hiciera un ofrecimiento”. Por otro lado, la abogada resaltó que “lo que se discute es si la plata estaba antes del robo, no el pago de impuestos sobre el contenido de la caja, argumento habitualmente utilizado para intimar a los afectados”. Zingman participó desde 1988 en cientos de casos en defensa de damnificados bancarios, como el de Kogan con el Banco de Mendoza, el de los boqueteros en el Mercantil, el del Francés de Callao y Las Heras, entre otros. Zingman sentó jurisprudencia contra los bancos.
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