Jueves, 27 de abril de 2006 | Hoy
Los tres son menores de edad. No está claro el delito que se les imputa. Ni si fue realmente un homicidio. Pero siguen detenidos. La polémica sobre el poder discrecional de los jueces de menores.
Por Horacio Cecchi
La detención de tres menores en el caso Matías Bragagnolo reaviva una vez más la polémica sobre los derechos de los adolescentes, aun en la hipótesis de que fueran culpables. En realidad, en la causa ni siquiera está claro que se trate de un homicidio. Tampoco hay una imputación concreta contra los chicos. Los resultados de la segunda autopsia sobre el cuerpo de la víctima recién se conocerán en unos diez días, con lo que, si la jueza María Teresa Salgueiro mantiene su decisión, los tres menores continuarán detenidos sin que parecieran existir pruebas en su contra. “¿Con qué criterio la jueza decide detener a unos y a otros mantenerlos bajo la tutela de sus familias? La decisión parece calcada de los conceptos del Patronato”, señaló a Página/12 Nora Schulman, del Comité de Seguimiento de la Convención de los Derechos del Niño. “Si fueran mayores de edad estarían libres”, sentenció el abogado penalista especialista Martiniano Terragni. “De lo arbitrario, más culpable que el juez es la ley”, advirtió el diputado del ARI Emilio García Méndez.
Los abogados de los dos primeros detenidos en el caso ya apelaron la decisión de la jueza de mantenerlos presos (ver aparte). Su lugar de detención es el Instituto Roca. En la enfermería donde están alojados hay siete menores y cinco camas: deben turnarse para dormir.
“Con este sistema la jueza puede imputarles a los menores la comisión de un delito, pero también puede estirar los plazos mucho más que lo que ocurre con los adultos –sostuvo Laura Musa, ex diputada por el ARI y actual titular de la Fundación Sur, dedicada a temas de minoridad–. La jueza puede por la ley que está en vigencia, y que es de la dictadura, indagar a los menores en relación con el delito, pero también puede indagar cómo son, quiénes son esos chicos, en qué medio viven, sus familias y mantener en estado larvario su prisión aunque no haya probanza concreta sobre el delito.”
En caso de que se trate de chicos menores de los 16 años, la situación es aún más compleja y la balanza más inequitativa. “Si fueran mayores estarían libres –señaló Martiniano Terragni, abogado de la Comisión de Práctica Profesional de la Facultad de Derecho–. Cuando los chicos fueron convocados en este caso no se sabía puntualmente quién fue el autor del presunto homicidio, y con los datos que hay debería quedar calificado como homicidio en riña, al menos hasta tanto se pueda identificar a un autor de la muerte. Para los adultos, el homicidio en riña es excarcelable.”
“Nadie sabe por qué algunos están detenidos y otros no –dijo Nora Schulman–. ¿Con qué criterio decide detener a unos y a otros dejarlos bajo la tutela de sus familias? Es como si la jueza estuviera decidiendo en función de los conceptos de la Ley del Patronato, conceptos que sostienen que algunos chicos pueden estar con sus padres y otros no, y ésos quedan bajo la tutela del juez.”
“Si fuera demostrado el homicidio, uno de estos chicos puede estar durante dos años haciendo tratamiento en un instituto y recién ahí, a los 18 años, ir al juicio oral, donde pueden darle la pena más brutal o la menor o declararlo inocente –sostuvo Laura Musa–. Pero si no está demostrado, igual pueden quedar detenidos según la discrecionalidad del juez.”
“El criterio por el que un juez decide la libertad de un niño –sostuvo Terragni–, no es el mismo que se aplica en adultos. Si un adulto está detenido el juez puede decidir mantenerlo preso sólo si entiende que al liberarlo va a entorpecer la investigación o existe peligro de fuga. Es el caso de la polémica por Chabán. Pero en el niño no depende de la pena en expectativa, ni de su probabilidad de fuga ni de entorpecer o no la investigación, sino de sus condiciones sociales y familiares. Los que van a permanecer detenidos, más allá de que se demuestre o no su culpabilidad o su vinculación con el delito, son los menores que tienen sus derechos vulnerados. Los menores pobres.”
“El de Bragagnolo es un caso muy claro –citó García Méndez–, en el que las garantías son menores que las que tendría un adulto. Seguramente si fueran todos adultos, estarían todos detenidos o ninguno, y la jueza se habría preocupado de fundamentar muy detalladamente por qué los mantiene detenidos.”
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