Jueves, 29 de abril de 2010 | Hoy
15:17 › RECHAZO A LA APELACIóN DE COBOS
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el fallo que ordenó reinstalar a la senadora tucumana Beatriz Rojkes de Alperovich (FPV) en la Comisión Bicameral revisora de los decretos de necesidad y urgencia, que quedará con igual número de integrantes de la oposición y del oficialismo, su composición original. De este modo, el tribunal rechazó la apelación del vicepresidente Julio Cobos.
La Bicameral había sido conformada en diciembre pasado, con cuatro senadores opositores y cuatro del kirchnerismo más ocho diputados repartidos en igual proporción. Así quedó reflejado en un decreto parlamentario que firmó Cobos por entonces.
Sin embargo, el 3 de marzo último la comisión fue modificada a instancias de la oposición, que desplazó a Rojkés de Alperovich para darle ese lugar a Luis Juez, que lo exigía para cerrar un acuerdo político. Con la nueva integración, se aprobó –sin necesidad de negociar con la minoría K– un dictamen para rechazar el DNU 298/10 que disponía el uso de reservas para el desendeudamiento.
A mediados de marzo, el juez Enrique Lavié Pico hizo lugar a una medida cautelar promovida por el kirchnerismo y ordenó reponer a la tucumana –hasta que haya una sentencia definitiva– con el argumento de que la Bicameral había sido “conformada de manera irregular”.
En rigor, sostuvo, la exclusión de la senadora del oficialismo desconoció “la elección, integración y consolidación avalada en su oportunidad (en diciembre) por el acto administrativo del Sr. Presidente H. Senado”. El fallo explicaba que los miembros de las comisiones son nombrados ante cada renovación de la Cámara y duran hasta la siguiente.
Cobos apeló la resolución y así fue como el asunto llegó a la Cámara, que hoy falló en concordancia con la instancia anterior.
El fallo descarta que la decisión del Senado sea ajena al conocimiento de la Justicia: "la cuestión traída a conocimiento de este tribunal es justiciable, pues lo que se debate es si la senadora Rojkes de Alperovich tenía o no derecho adquirido a integrar la Comisión Bicameral Permanente".
En ese punto, el tribunal se dedicó a analizar "si se habría incurrido en una violación de los límites normativos impuestos al y por el Congreso con afectación de derechos individuales".
Los camaristas concluyeron que Alperovich "fue propuesta por el presidente de su bloque y designada por el presidente del Senado en el cargo de miembro de la Comisión Bicameral Permanente" a fines de diciembre de 2009.
La Comisión "se consideró legalmente constituida al momento de su primera sesión", subraya el fallo, por lo que Alperovich "a partir de ese momento adquirió el derecho a ocupar un lugar dentro de la mencionada comisión".
Su mandato cesaba "con la próxima renovación de la Cámara de Senadores", no obstante lo cual fue removida y reemplazada por el senador Juez en febrero de este año. "Su posterior exclusión constituiría prima facie un modo ilegítimo de impedirle el cumplimiento de obligaciones constitucionales inherentes a los deberes legislativos que como integrante de la Comisión le son propios", sostuvo la Cámara.
Esa exclusión fue "adoptada, en principio, vulnerando la duración de su mandato previsto en la ley". La medida tiene carácter "cautelar" (provisorio) pero la argumentación parece preanunciar que al momento de resolver el fondo de la cuestión, el tribunal se pronunciará en similares términos.
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