Viernes, 18 de septiembre de 2015 | Hoy
16:31 › TRAS EL ESCáNDALO POR CORRUPCIóN
Sobre la base de una denuncia iniciada por la Procelac, el titular de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal 7, Ramiro González, requirió formalmente al juez Sebastián Casanello que avance en una serie de medidas tendientes a comprobar las responsabilidades del excandidato a diputado de Cambiemos y de su exsocio Atilio Meza en la contratación presuntamente irregular de La Usina Producciones, por parte del gobierno porteño.
La denuncia indica que las posibles maniobras de lavado de dinero comprende el período 2012-2015, y cita al escrito del fiscal Carlos Gonella: "Necesariamente ese gran caudal de dinero (23 millones de pesos) de origen ilícito debió haber sido puesto nuevamente en circulación en el mercado, con la consecuencia posible de que adquiera la apariencia de un origen lícito”.
Según precisó el sitio fiscales.gob.ar, la causa quedó radicada en el juzgado de Casanello, bajo los autos “Rodríguez Larreta y otros s/ abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público”.
González detalló que la Procuraduría consideró la posibilidad del lavado de activos a partir de una serie de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) remitidos por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo con el que la Procelac coordina el trabajo e intercambia documentación de manera habitual.
Según consta en la denuncia presentada por Gonella, a través de estos contratos realizados "usando la excepción como regla“, "se habría beneficiado económicamente e ilegalmente a Fernando Niembro y a Atilio Alberto Meza”.
"Se transformó la excepción en la regla", dijo González en su resolución, al hacer referencia a que para la adjudicación se utilizaron ciertos mecanismos excepcionales tales como la contratación directa y/o el régimen establecido por el Decreto 556/2010, en vez de la regla, que es la licitación.
"Necesariamente ese gran caudal de dinero de origen ilícito (que supera holgadamente la condición objetiva de punibilidad impuesta por el art. 303 del C.P) debió haber sido puesto nuevamente en circulación en el mercado, con la consecuencia posible de que adquiera la apariencia de un origen lícito”, había expresado Gonella en su denuncia.
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