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Todo lo que usted quería saber sobre el monotributo

Todos los inscriptos tendrán plazo hasta el 20 de julio para reempadronarse en la nueva categoría que corresponda. Quien no lo haga y siga en actividad deberá liquidar IVA y Ganancias.

La AFIP completó los pasos para la entrada en vigencia del nuevo monotributo. Todos los inscriptos en el régimen tienen plazo hasta el 20 de julio para reempadronarse, anotándose en la categoría que les corresponda (ver cuadro aparte). Aquellos que no cumplan con el trámite serán dados de baja o transferidos al régimen general –si registran actividad–, en el que están obligados a liquidar IVA y Ganancias. El titular de la AFIP, Alberto Abad, informó ayer que las agencias del organismo ampliarán tres horas su horario de atención y abrirán los sábados de 10 a 14. En la misma conferencia de prensa, el funcionario aclaró que los responsables no inscriptos en el IVA –figura que desaparece– también tendrán hasta el 20 de julio para reempadronarse, corrigiendo un error previo que había establecido el límite para hoy.
En el monotributo están anotadas 1.300.000 personas, de las cuales 400.000 pagan regularmente. Sin embargo, el reempadronamiento alcanza a todos. Los morosos tienen la posibilidad de ponerse al día adhiriendo al plan de facilidades de pago dispuesto por la AFIP. Abad hizo hincapié en que el trámite para anotarse en el nuevo monotributo es “muy sencillo”: puede hacerse íntegramente por Internet (www.afip.gov.ar) o presentando el formulario de inscripción –se obtiene en las agencias de la DGI o también vía Internet– en el banco donde el contribuyente paga habitualmente el impuesto.
“Los colegios profesionales, en lugar de ayudar y facilitar las cosas, las están complicando, porque así generan trabajo para ellos”, atacó el jefe de la AFIP, enojado por el pedido de prórroga de los contadores, que descartó por completo.
Los contribuyentes deben tomar en consideración tres parámetros para determinar su categoría: los ingresos brutos anuales, la superficie del lugar en el que desarrolla su actividad y la energía eléctrica consumida en el año. De los tres, el que determina la categoría es siempre el valor mayor. Por ejemplo, un profesional puede facturar 20.000 pesos en el año (categoría B), desarrollar su actividad en un lugar de 40 metros cuadrados (categoría C) y consumir anualmente 6500 kilovatios (categoría D): la inscripción debe hacerla en la categoría D.
Las actividades vinculadas con servicios están encuadradas en las categorías A hasta la E, mientras que las actividades comerciales e industriales corresponden a las categorías F hasta la M. Para anotarse en estas últimas hay que cumplir otro requisito: no se puede comercializar nada cuyo precio unitario de venta supere los 870 pesos.
Para recategorizarse, los contribuyentes deben fijarse en la facturación y la energía eléctrica consumida entre el 1º de mayo de 2003 y el 30 de abril de 2004. Respecto de la superficie, debe considerarse la ocupada al 30 de abril pasado. En zonas urbanas o suburbanas con poblaciones de hasta 40.000 habitantes, no cuenta el parámetro de la superficie.
Una vez pasada esta etapa, los inscriptos en el monotributo tendrán que recategorizarse cada cuatro meses, tomando siempre los ingresos brutos y el consumo de energía de los últimos doce meses. Abad afirmó que “esto sirve tanto para los que crecen en facturación como para aquellos que al caer su actividad pueden reducir los montos a pagar”. La primera cuota del nuevo monotributo vencerá el 20 de julio, mientras que de allí en más la fecha tope para pagar será entre el 5 y el 7 de cada mes. Los contribuyentes no tendrán que imprimir nuevas facturas.
Los valores de las cuotas que figuran en el cuadro que acompaña esta nota incluyen el impuesto a ingresar, el aporte previsional (35 pesos) y la contribución a la obra social (24,44 pesos). Estos dos últimos ítem, que son iguales para todas las categorías, no corren para aquellos que trabajan en relación de dependencia, aportan a cajas provinciales, son jubilados por las leyes 18.037 y 18.038 y para los menores de 18 años. En todos estos casos, a los valores expresados en el cuadro hay que restarles 59,44 pesos.Otra aclaración es que aquellos monotributistas que opten por una AFJP o bien quieran obtener la totalidad de las prestaciones jubilatorias del régimen de reparto (PBU y PAP) deberán pagar 33 pesos más de los montos indicados en la tabla.
Uno de los cambios en el monotributo es que los contribuyentes podrán anotarse en cualquier obra social, incluidas las de personal de dirección. Hasta al momento, sólo podían inscribirse en diez. El pago les da derecho al Programa Médico Obligatorio. Y pueden anotar a esposa e hijos por un valor de 22,22 pesos cada uno.
En cuanto a los “responsables no inscriptos en IVA” –categoría que desaparece de acuerdo con la norma que entra en vigencia el 1 de julio– tendrán que optar por ingresar al monotributo (de acuerdo a su escala) o adherirse a la categoría de “responsable inscripto”. Abad explicó que esos contribuyentes podrán seguir utilizando facturas “C” para el cobro de sus servicios a consumidores finales (en caso de que tengan que pasar al régimen general) hasta el 31 de julio.
También entra en vigencia el régimen de contribuyentes eventuales, con un tope de facturación anual de 12.000 pesos.

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Alberto Abad, administrador federal de Ingresos Públicos.
 
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