Jueves, 2 de junio de 2011 | Hoy
EL PAíS › ES LEY LA PROHIBICIóN DE FUMAR EN ESPACIOS CERRADOS DE ACCESO PúBLICO
La Cámara de Diputados convirtió en ley la prohibición en todo el país de fumar en lugares cerrados a los que acceda público. Las provincias deberán adherir a la norma. También limita drásticamente la publicidad y expande la advertencia sanitaria en las marquillas.
Por Emilio Ruchansky
Luego de medio siglo de discusiones infructuosas y más de cincuenta proyectos presentados, ayer se aprobó la ley que limita la publicidad de cigarrillos, expande la advertencia sanitaria en las marquillas –que incluirán imágenes– y prohíbe fumar en lugares públicos y cerrados. La norma insta a la provincias a adherir a este último punto. La decisión en la Cámara de Diputados fue rotunda: 182 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención. Además, los paquetes tendrán un número gratuito para obtener información sobre métodos para dejar de fumar y lugares de tratamiento. Queda pendiente la ratificación en el Congreso del Convenio Marco Internacional para el Control del Tabaco, que incluye a 170 países, y fue resistida por los representantes de las provincias tabacaleras.
Este proyecto de ley había recibido media sanción en agosto del año pasado en el Senado y fue analizado por las comisiones de Salud, Prevención de Adicciones, de Comercio y Presupuesto y Hacienda en la Cámara de Diputados. Establece una serie de cambios para revertir el tabaquismo, definido ayer por Ariel Basteiro, diputado de Nuevo Encuentro, como “la epidemia más grande que afronta el mundo, donde cobra entre cinco millones de vidas por año”. Según la Organización Mundial de la Salud, el 10 por ciento de los muertos ni siquiera son fumadores de tabaco, enfermaron por la exposición al humo.
El articulado de la norma regula la publicidad, promoción y patrocinio; el empaquetado de los productos elaborados con tabaco; la composición de dichos productos; la venta y distribución y la protección ambiental contra el humo. También incluye un apartado sobre la educación para la prevención, las sanciones y la forma en la que se financiará su aplicación (multas, presupuesto de la administración nacional y donaciones). Los puntos más sobresalientes son los siguientes:
- Se prohíben la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión. Hasta ahora, a nivel nacional sólo se impedían las publicidad en radio y televisión, en horario de protección al menor. Tampoco podrán auspiciar o patrocinar actividades o eventos públicos.
- En el caso de las marquillas, y de las excepciones a la prohibición sobre la publicidad, deberán contener en el 20 por ciento de su superficie el mensaje de advertencia, con fondo blanco, y una imagen aparte, para frases que afirman que fumar causa cáncer, enfisema pulmonar, adicción, impotencia sexual, enfermedades cardíacas y respiratorias, entre otras. Esta disposición entra en vigencia en un año.
- No se podrá vender ni exhibir cigarrillos en ningún establecimiento educativo, estatal o privado, hospitales, oficinas y edificios públicos, medios de transporte y museos, clubes y cine, teatros y en los estadios. Tampoco se puede fumar en estos lugares y otros de acceso público como bibliotecas, terminales de transporte, jardines maternales, hogares de ancianos, estaciones de combustible.
- Sí se podrá fumar tabaco en lugares abiertos (patios, terrazas, balcones) mientras no sean establecimientos de atención de la salud o de enseñanza, “excluidos los del ámbito universitario”. Por lo demás, se permiten pitar cigarrillos en “los clubes de fumadores” y “en los lugares de trabajo cerrados privados sin atención al público y sin empleados que cumplan funciones en esa misma dependencia”.
En diálogo con Página/12, la diputada del PRO Paula Bertol explicó que los artículos referentes a la publicidad y empaquetado son de cumplimiento obligatorio, pero los referentes a los lugares libres de humo no. “La ley es nacional, esto quiere decir que en todas las dependencias nacionales debe cumplirse: tribunales federales, universidades nacionales, sedes y oficinas públicas que dependan del Estado nacional. En la ciudad de Buenos Aires, donde hay ley antitabaco, se podía fumar en el casino flotante porque estaba en un ámbito federal, eso se acabó”, agregó.
Las provincias deberán adherirse para que esta parte del reglamento se cumpla. Muchas ya tienen leyes que prohíben fumar en espacios públicos cerrados: Santa Fe, Tucumán, Córdoba, Neuquén, Mendoza, San Juan, Entre Ríos, Santiago del Estero y San Luis. “Era importante tener una ley nacional para unificar criterios”, comentó la diputada socialista Mónica Fein, quien recordó que su provincia, Santa Fe, fue la pionera en este tipo de normas pero hacía falta una ley nacional para regular la comercialización. “Lo que falta es ratificar el acuerdo marco de las Naciones Unidas sobre el tabaco. El Estado tiene que cuidar la vida más allá del concepto de mercado”, afirmó.
Este último punto fue el que más resistieron senadores y diputados de las provincias donde se cultiva el tabaco como Salta y Jujuy, pero también Misiones y Corrientes. Eduardo Macaluse, diputado del bloque Solidaridad e Igualdad, aseguró que la resistencia a la ratificación provino de la cámara que representa a la industria y también de los pequeños y medianos productores de tabaco. “Si se aprueba con dos tercios del Congreso, el acuerdo marco tendría un estatus supralegal, es decir, que estaría por encima de las leyes y no se puede derogar con otra ley”, explicó.
Según Macaluse, las empresas del rubro prefirieron que saliera la norma actual, antes de que se aprobara el acuerdo marco, firmado por el ex presidente Néstor Kirchner pero no ratificado por el Congreso. “Si se homologaba este tratado, el cultivo de tabaco se declararía como nocivo. Algunos productores chicos o medianos pensaron que les iban a sacar el ‘fondo de tabaco’, que proviene de todos los impuestos que se les cobran a los cigarrillos y sirve para compensar la rentabilidad de estos productores”, aseguró el diputado.
Además, casi el 90 por ciento del tabaco cultivado en Argentina es para exportar, comentó Macaluse. Muchos productores vieron en riesgo esta fuente de ingreso, ya que creen que el acuerdo marco es una estrategia de otros países competidores. Dicho acuerdo plantea desalentar la producción y buscar cultivos sustitutos. En América del Sur, sólo Surinam y Argentina no lo firmaron.
La ley será instrumentada por el Ministerio de Salud, que podrá imponer las multas y clausurar locales e instituciones que no cumplan con la norma. La gente también podrá denunciar las infracciones a un 0800 que figurará en los carteles que dicen “prohibido fumar”, que pronto se verán en todas partes. El ministro, Juan Manzur, consideró que la nueva ley es una “pieza clave” para reducir las 40 mil muertes anuales que se producen en Argentina por causas asociadas al tabaquismo.
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