EL PAíS › OPINION

Nuremberg en argentino

 Por Martín Granovsky

Después del decreto de adhesión a la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y el proyecto de ratificación de ese instrumento con mayoría de dos tercios para darle rango constitucional, el Gobierno dejó en claro dos objetivos:
- Quiere reforzar el principio universal de que los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad pueden ser juzgados de manera retroactiva, casi como si fueran delitos eternos, absolutos, en los que no importa la fecha.
- Busca que el Congreso empiece a pasar en limpio lo que hoy es una suma de proyectos contradictorios relacionados con el juzgamiento del pasado, la vigencia de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, y aun de los indultos.
Un alto funcionario reveló a Página/12 que en el Ejecutivo la encargada de derechos humanos de la Cancillería, Alicia Oliveira, fue la primera en advertir que había que adherir a la Convención con urgencia porque el trámite solo necesitaba voluntad política y que era conveniente enviar un proyecto al Congreso. Es que la Convención ratificada en 1995, y cajoneada desde ese momento, tiene un costado poderoso. Dice que los crímenes de guerra y contra la humanidad siempre podrán ser juzgados, “cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido”.
Los crímenes de guerra incluyen el asesinato, la tortura o la toma de rehenes cuando se cometen por ejemplo en un conflicto armado no internacional. Entre los de lesa humanidad figuran el asesinato, el exterminio, la esclavitud, la tortura, la desaparición forzada y la persecución por motivos políticos.
Aunque la Argentina no había explicitado su conformidad con la Convención, jueces y fiscales la invocaron en el pasado. Se basaban en que el principio ya regía en la Argentina porque el Congreso lo había ratificado.
Pero con su decisión de ayer el Gobierno busca formalizar aún más esa interpretación usando el artículo IV de la Convención: “Los Estados partes en la presente Convención se comprometen a adoptar, con arreglo a sus respectivos procedimientos constitucionales, las medidas legislativas o de otra índole que fueran necesarias para que la prescripción de la acción penal o de la pena, establecida por ley o de otro modo, no se aplique a los crímenes mencionados y, en caso de que exista, sea abolida”.
La imprescriptibilidad ya es legal con la adhesión. El envío del proyecto al Congreso para dotarla de rango constitucional podría hacer más prolijo el panorama. Por un lado estaría la abolición parlamentaria de la Obediencia Debida y el Punto Final porque ambas, cuando la Convención tenga nivel constitucional, chocarían con la Constitución. Por otro, la presión sobre la Corte para que declare inconstitucionales las leyes. Varios pasos para terminar de traducir al argentino el juicio de Nuremberg.

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