Viernes, 16 de mayo de 2014 | Hoy
EL PAíS › LA CAMARA FEDERAL DECLARO LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ACUERDO CON IRAN POR LA CAUSA AMIA
El fallo rechazó la comisión de juristas que establece el acuerdo. El Gobierno anticipó que apelará a la Cámara de Casación.
Por Raúl Kollmann
La Sala I de la Cámara Federal declaró ayer inconstitucional el Memorándum de Entendimiento con Irán (MEI) y la ley del Congreso con que se convalidó, ordenándole al juez de la causa, Rodolfo Canicoba Corral, que pida otra vez la extradición de los cinco iraníes imputados –algo que se viene reiterando desde hace casi veinte años– y que le reclame a Interpol que los ubique, lo que la agencia de policía internacional también tiene como obligación desde hace dos décadas. Un detalle no menor del fallo firmado por Eduardo Farah y Jorge Ballestero es que sugiere que se juzgue a los iraníes en ausencia, lo que es considerado inconstitucional por la mayoría de los juristas y que no se hizo en los centenares de causas por violaciones a los derechos humanos. El canciller Héctor Timerman y el ministro de Justicia, Julio Alak, deslizaron lo que se piensa en la Casa Rosada. “Se pretende jugar la causa AMIA en el tablero geopolítico internacional, este fallo lo demuestra”, dijo Timerman. En otras palabras aludió a que los magistrados jugaron para Washington, Jerusalén y el sector de la SIDE al que le adjudican ese alineamiento internacional y que fogoneó las conclusiones de la investigación. El Gobierno apelará el fallo ante la Cámara de Casación.
La Cámara Federal intervino a raíz de un recurso de la AMIA y la DAIA al fallo emitido hace varios meses por el juez de la causa del atentado, Rodolfo Canicoba Corral. El magistrado había dicho que el Memorándum no tiene existencia efectiva porque comienza a operar –según establece el mismo texto– una vez que se intercambien las cartas oficiales de aceptación. Por lo tanto, Canicoba sostuvo que no se puede declarar inconstitucional algo que no tiene vigencia y que, sobre todo, no le planteaba ninguna obligación. El juez dio a entender que, llegado el momento de viajar a Teherán a interrogar a los imputados, vería si se estaban cumpliendo con todos los procedimientos y garantías que una indagatoria requiere. Por lo tanto, en el ínterin, el Memorándum era un texto firmado por los dos gobiernos y avalado por una ley, pero que no producía hechos ni obligaciones judiciales y que, además, los gobiernos podrían cambiar, reglamentar de diferencias formas, varias veces.
Farah y Ballestero, en cambio, pusieron el acento en un organismo que el Memorándum crea, la Comisión de la Verdad, y afirman que se interpone en el camino judicial, que va a dar su versión de los hechos y sugerir procedimientos. Se preguntan los camaristas: “¿Qué sucede si la Comisión considera que el proceso no debe seguir adelante?” (se argumenta en el fallo del juez Ballestero). En la Cancillería responden: no sucede nada, nada de lo que haga esa comisión es vinculante para el magistrado. Según el Gobierno, el objetivo es ver si se puede ayudar a un proceso paralizado desde hace veinte años y que, en cualquier caso, la última decisión la tendrán el juez, el fiscal y los querellantes.
Aun así, esa pregunta que se hace específicamente Ballestero está en el corazón político de lo que ocurre con el Memorándum: ¿qué sucede si las pruebas contra los iraníes no son convincentes? Desde la óptica de algunos poderes de la política internacional, la condena está escrita: fue Irán y la mano de obra corrió a cargo de los cinco imputados, además del entonces presidente Alí Rafsanjani (hoy líder moderado), el canciller Alí Velayatti y el ex embajador Hadi Soleimanpour. No quieren en esos centros de poder que se anden dirimiendo pruebas que no saben si son suficientes. Les basta que tanto Ballestero como Farah le hayan ordenado al juez que le pida a Interpol que reitere las solicitudes de extradición y que incluso libre órdenes de captura con alerta roja para los tres últimos, algo que la organización internacional de policía ya rechazó, porque sus reglamentos no permiten órdenes de captura contra presidentes, cancilleres y funcionarios (como el ex embajador Soleimanpour), que ya fue detenido y liberado por la Justicia británica por falta de pruebas.
Una síntesis de la mirada de los camaristas sobre el Memorándum queda expresada en este párrafo de Ballestero: “Las innumerables preguntas que despiertan sus términos, los riesgos que sus propias palabras esconden, la endeblez jurídica de la información a obtener y, por sobre todo, la yuxtaposición de su obrar con la labor de la magistratura local –con el consiguiente desplazamiento de sus principales protagonistas– no sólo conducen a rehusar la posibilidad de arribar a importantes avances para alcanzar una solución eficaz y justa en un caso tan emblemático para nuestro país”.
En concreto, los jueces dictaminan que el Memorándum es inconstitucional, básicamente porque la llamada Comisión de la Verdad interfiere en el trabajo judicial y no brinda garantías; le ordenan al Poder Ejecutivo que se abstenga de seguir avanzando en las negociaciones por el Memorándum y le dice al juez que debe volver a pedir las capturas y las alertas rojas de Interpol.
Un rasgo llamativo de los textos de Farah y Ballestero es que sugieren que se juzgue a los iraníes en ausencia, algo largamente acariciado por la AMIA y la DAIA. Nunca se hizo en la Argentina, ni siquiera en los juicios por violaciones a los derechos humanos. “Es inconstitucional”, señalaron ayer tanto Timerman como Alak. Y es otra forma de que no se evalúen en serio las pruebas.
En el Ministerio de Justicia estudiaban anoche los pasos hacia la apelación que seguro será ante Casación. Mientras tanto, el Memorándum queda paralizado. La realidad es que fue firmado en enero de 2013 e Irán lo venía demorando, pese a que muchos señalaban que era muy ventajoso para los imputados. Lo más probable es que en Teherán deben haber recibido con satisfacción el fallo: en la arena internacional, acaban de firmar un acuerdo con las grandes potencias y lo decidido por los jueces les saca una presión de encima.
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