Viernes, 23 de mayo de 2014 | Hoy
EL PAíS › LA CORTE SUPREMA RECHAZO LA PRETENSION DEL EX JUEZ OTILIO ROMANO DE ANULAR SU DESTITUCION
El ex camarista federal de Mendoza está preso y sometido a juicio oral y público por delitos de lesa humanidad. Fue destituido en diciembre de 2011, cuando ya llevaba casi cuatro meses en Chile, donde se escapó para eludir a la Justicia.
La Corte Suprema de Justicia confirmó la destitución del ex hombre fuerte del Poder Judicial de Mendoza Otilio Roque Romano, actualmente preso y sometido a juicio oral y público por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura. El ex presidente de la Cámara Federal cuyana había sido destituido en diciembre de 2011, cuando ya llevaba casi cuatro meses en Chile, país en el que intentó hacerse pasar por perseguido político y que lo expulsó luego de constatar que se trataba de una maniobra para ganar tiempo. Con votos de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco, Enrique Petracchi, Carlos Fayt y Juan Maqueda, el máximo tribunal rechazó un recurso de queja presentado por la defensa de Romano, confirmó la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y ratificó los argumentos que refutaron la pretensión del ex juez de conservar sus fueros para afrontar el juicio en libertad.
Romano pudo burlar la cárcel durante años sólo por los fueros que en su carácter de juez lo diferenciaban del resto de los mortales. El 24 de agosto de 2011, cuando se tomó el avión rumbo a Chile, el juez federal Walter Bento ya lo había procesado como partícipe necesario de más de un centenar de delitos de lesa humanidad y la Cámara Federal de Mendoza, integrada por jueces subrogantes, había confirmado esa resolución. La huida fue 24 horas antes de la audiencia en la que el jury finalmente lo suspendería en su cargo y por ende perdería sus fueros.
Mientras Romano se presentaba del otro lado de la cordillera como perseguido, el Consejo de la Magistratura continuaba escuchando a los testigos de sus andanzas durante el terrorismo de Estado. El 15 de diciembre el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados dio a conocer su veredicto: “No le cabe a este cuerpo colegiado un mínimo atisbo de duda para decidir que el doctor Otilio Irineo Roque Romano no merece continuar en el ejercicio de la magistratura por no tener las condiciones morales para ostentar tan alto honor”, concluyó. Los consejeros, por unanimidad, consideraron probado que había “omitido” en forma “sistemática” denunciar e investigar secuestros, desapariciones, torturas, apremios ilegales y violaciones, de los que tenía conocimiento directo por las declaraciones y reclamos de las víctimas, que recibió como fiscal desde 1975 y luego durante la dictadura de Videla, Massera & Cía.
La defensora oficial del ex juez, Fabiana León, presentó entonces un recurso de queja contra la sentencia que lo destituyó. La respuesta de la Corte Suprema se conoció el miércoles. Lorenzetti, Higthon, Petracchi, Fayt y Maqueda confirmaron la destitución y explicaron que las críticas a la sentencia eran “insuficientes para demostrar, con el rigor que es necesario en esta clase de asuntos, que en este proceso eminentemente político de remoción de un magistrado se ha violado la garantía de la defensa en juicio y que esa lesión irrogue un perjuicio a derechos jurídicamente protegidos”.
Un argumento que utilizó Romano para intentar desacreditar la sentencia fue que, para ser designado juez, tuvo acuerdo del Senado de la Nación en 1994. La Corte, sobre ese punto, explicó que el objeto del juicio fue “el examen de las condiciones de idoneidad y vocación democrática actuales del magistrado, a raíz de la acusación por conductas cometidas con anterioridad al acuerdo prestado por el Senado, pero conocidas sólo con posterioridad a dicho concordato”. “El Jurado de Enjuiciamiento ha sido muy cuidadoso a la hora de fijar el límite de sus atribuciones para no interferir –precisamente– en el ámbito de competencia de otros órganos del Gobierno Federal”, destacó.
Los jueces supremos consideraron que el escrito de la defensora León “adolece de notorias deficiencias de fundamentación en la construcción de su reclamo que conspiran contra su procedencia” y ratificaron la convicción expresada por el Jurado de Enjuiciamiento “sobre una persona que carece o que ha perdido los valores morales y constitucionales que conforman la idoneidad de un juez de la Nación, de modo tal de comprometer gravemente por razones de deshonra el servicio de justicia”.
La Corte consideró “insostenible” el cuestionamiento de Romano al jury del Consejo de la Magistratura y su pretensión de que su conducta fuera analizada por un jurado del Ministerio Público sólo porque era fiscal federal al momento de los delitos que le atribuyen. El razonamiento “llevaría a concluir en el absurdo de que un juez actual de la Corte Suprema que hubiese revistado como juez de Cámara o fiscal podría ser destituido de su condición de juez de esta Corte no por el Senado de la Nación sino por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados o por el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público”, explicaron.
“En definitiva, el doctor Romano fue imputado por cargos definidos en base a una conducta descripta con precisión; tuvo las oportunidades procesales para ejercer su defensa mediante descargo, recusaciones y ofrecimiento de prueba; su conducta fue evaluada con arreglo a los recaudos legalmente contemplados y destituido por el órgano en cuyas exclusivas manos la Constitución Nacional depositó la atribución ejercida de juzgar la responsabilidad política de los magistrados del Poder Judicial de la Nación”, resumieron los jueces supremos. Ante la ausencia de una demostración de “lesión a las reglas estructurales del debido proceso” por parte de Romano y su defensora León, concluyeron que “no hay materia federal que habilite la intervención de esta Corte”, que desestimó el recurso de queja y confirmó la destitución.
La resolución de la Corte termina de igualar al imputado Romano con los otros 36 militares, policías y civiles a quienes juzga el Tribunal Oral Federal de Mendoza en el cuarto proceso por delitos de lesa humanidad de la provincia, e implica un nuevo triunfo en la estrategia de los organismos de derechos humanos mendocinos contra la impunidad de quienes legitimaron el terrorismo de Estado desde el Poder Judicial.
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