EL PAíS › LAVAGNA INSISTE CON LA IDEA DE UN BENEFICIO EXTRA PARA LOS PEQUEÑOS DEPOSITANTES
Lo que hay que saber sobre decreto para el corralito
El ministro Lavagna firmaría hoy el proyecto de decreto sobre el corralito para apurar al Presidente, quien dijo que se tomaría una semana para analizarlo. Página/12 explica, punto por punto, lo que deben saber los ahorristas.
Por Maximiliano Montenegro
“Yo lo firmo mañana”, transmitió ayer el ministro de Economía, Roberto Lavagna a la Rosada. Se refería al decreto de necesidad y urgencia sobre el corralito. Y el mensaje fue una forma de apurar al Presidente, quien el lunes dijo que se tomaría una semana para revisar el borrador elaborado por su ministro. Si efectivamente Lavagna firmara hoy el proyecto, éste probablemente incorpore una modificación de relevancia que en las últimas horas discutieron en profundidad en el equipo económico. Se trata de un incentivo especial para los ahorristas con plazos fijos inferiores a los 10.000 pesos. Hasta anoche se barajaban dos alternativas. Una, la más “audaz”, es que los bancos les devuelvan la mitad en efectivo (5000 pesos). El resto podría quedar como plazo fijo reprogramado o ser canjeado por alguno de los bonos que se ofrecerán a los ahorristas. Así, evaluaban en el equipo de Lavagna, el Gobierno se sacaría de encima buena parte de la presión política de los ahorristas más pequeños. El problema es que el Banco Central debería emitir unos 1500 millones de pesos adicionales para financiar la devolución en cash de estos depósitos y luego vender unos 450 millones de dólares de las reservas para neutralizar la segura corrida al dólar de esos fondos. La segunda alternativa es bastante más conservadora: se les ofrecería un bono más atractivo, en dólares, a un tipo de cambio preferencial.
Otro punto destacado del decreto es que establece en qué condiciones cobrarán los clientes de cualquier banco que en el futuro sea cerrado. Como ya no hay recursos en el fondo de garantía de depósitos, los ahorristas recibirán bonos del Estado en pesos, debiendo asumir una fuerte pérdida en relación a los clientes de bancos en funcionamiento. Así, Economía sugiere, indirectamente, a quienes poseen plazos fijos atrapados en bancos débiles que les conviene canjearlos por bonos mientras el banco esté abierto. Además, quienes cobren salarios en dicho banco solo tendrán asegurado el rescate de 1200 pesos del último sueldo.
Página/12 explica todos los detalles del proyecto de decreto de necesidad y urgencia para el corralito que Lavagna pondría hoy, con su firma, en el escritorio del Presidente.
Miedo a los salarios
El ministro Lavagna negó ayer que vaya a aplicarse un tope a las extracciones a las cuentas sueldo. “No va a haber ningún límite para las cuentas sueldo. Nunca se pensó en eso”, aseguró. Sin embargo, es mentira que no haya pensado en “eso”. La versión del borrador de decreto que entregó el fin de semana a los banqueros “aliados” del Gobierno dice textualmente en los considerandos: “...la relevancia de los retiros de los ahorristas de las cuentas a la vista en los últimos días ha obligado al Banco Central a otorgar más asistencia a las entidades financieras, siendo por ende prioritario establecer un límite a los retiros de cuentas de haberes salariales”. El artículo 23 del proyecto de decreto, en tanto, otorgaba al Ministerio de Economía la facultad de “establecer un tope mensual para el retiro de sueldos, haberes y remuneraciones acorde al programa monetario”.
Cuando el Presidente vio ese borrador el lunes por la tarde en La Pampa rechazó, por segunda vez –la primera había sido 20 días atrás– la posibilidad de fijar un techo a las extracciones salariales, como quiere Economía. Y el proyecto de decreto que firmaría hoy Lavagna no incluye el tema.
Sin embargo, aunque ya no esté en el decreto, la cuestión no está definitivamente cerrada y podría ser retomada en cualquier momento. El motivo principal es que son los propios bancos nacionales y públicos, que repaldan al Gobierno, los que presionan por la medida. Dichos bancos, nucleados en Abappra, cuentan con una gran cantidad de cuentas salariales. Y, como explica el propio borrador de decreto del sábado, a partir de lasuspensión del ScotiaBank han sufrido una verdadera corrida sobre sus cuentas a la vista, al duplicarse y en algunos casos triplicarse los retiros de las cuentas salariales.
Como es sabido, la caída del Scotia –otra entidad “intensiva” en cuentas sueldo– instaló la idea de que en el banco podían quedar atrapados no sólo los ahorros de toda la vida sino también el salario del mes pasado o el dinero disponible para abonar la tarjeta de crédito. Este nuevo temor gatilló la corrida que desembocó con la suspensión de los bancos Suquía y Bisel, y su salvataje por parte del Banco Nación.
A diferencia de lo que usualmente se cree, cuando una empresa deposita en un banco su nómina salarial dichos fondos no quedan automáticamente acreditados en la cuenta de cada empleado sino que engrosan la masa total de depósitos. Luego, el banco gira el dinero correspondiente a cada cuenta salarial. Así, en entidades con graves problemas de iliquidez puede ser que, al momento de ser suspendidas, el dinero de los salarios haya sido utilizado para cubrir otros gastos u obligaciones. De hecho, en el caso del Scotia los salarios terminaron de abonarse con los recursos de SEDESA, el casi extinto fondo de garantía de depósitos constituido en 1995.
Para resolver este problema, el decreto de Lavagna explicita, en caso de ser suspendido un banco, qué cuentas se deben pagar en efectivo en el plazo máximo de 10 días (ver punto siguiente).
¿Cómo cobrar si se cae el banco?
Teniendo en cuenta que el fondo de garantía de depósitos (de hasta 30.000 dólares), llamado Sedesa, está prácticamente agotado, el decreto establece que en el futuro, de caer un banco, los depositantes, cualquiera fuera el monto, recibirán como “pago” bonos del Estado. Pero en las siguientes condiciones:
- Bonos del gobierno nacional en pesos a 5 años por el valor de los depósitos pesificados. Por ejemplo: un depósito original de 10.000 dólares, hoy 14.000 pesos, será trocado por un bono por 14.000 pesos a 5 años. Las condiciones de pago y tasa de interés de estos bonos en pesos son las mismas que los estipulados para el canje de plazos fijos originales en pesos (ver Plan Bonex).
- También podrán elegir el bono en dólares a 10 años. Pero en condiciones mucho más desventajosas que el canje para depósitos, originalmente en dólares, de un banco en marcha. Así, para comprar el bono en dólares a 10 años, un ahorrista de un banco caído deberá pagar el dólar “al tipo de cambio vigente a la fecha de revocación de la autorización para operar de la entidad financiera”.
Por ejemplo: alguien con un depósito original de 10.000 dólares que decidió continuar con su depósito reprogramado de 14.000 pesos. Si en vez de aceptar el bono por 14.000 pesos, prefiere el bono en dólares, deberá pagar –a la cotización de ayer– 3,50 peso por cada dólar. Así, recibiría un bono a 10 años por 4000 dólares. Vale recordar que quien ejerza la opción con el banco en marcha obtendrá un bono por 10.000 dólares.
La fuerte pérdida que, según el decreto, deberán asumir los depositantes de bancos que cierren sus puertas, es una forma de “sugerir” a los ahorristas de los bancos más débiles que es mejor optar voluntariamente cuanto antes por los bonos del Estado. Ello suponiendo, obviamente, que el Estado fuera a pagar todos los bonos en tiempo y forma.
El decreto también estipula qué cuentas deberán ser abonadas en efectivo por el banco “dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de suspensión”. Son las siguientes:
- Salarios: la última acreditación con un mínimo de 1200 pesos. Esto significa que si alguien percibe 3000 pesos a través de un banco suspendido, éste está obligado a liberar hasta 1.200 pesos. El resto del salario quedaría atrapado en la entidad.
- Jubilaciones y pensiones: en su totalidad.
- Cajas de ahorro y cuentas corrientes de personas físicas: hasta 1200 pesos.
El nuevo plan Bonex
Dentro de los 30 días hábiles posteriores a la publicación en el boletín oficial del decreto, los ahorristas con plazos fijos podrán optar por canjearlos por los siguientes bonos:
- Plazo fijo original en dólares por bono en dólares a 10 años. Se comprará a 1,40 peso por cada dólar, volviéndose al valor original del depósito. Por ejemplo, alguien que tiene hoy un depósito pesificado por 14.000 pesos podrá acceder a un bono por 10.000 dólares. Este “Bono Libor 2012” se pagará en dólares billete en 8 cuotas anuales, iguales y consecutivas, que compensarán a oblarse el 3 de agosto de 2005. Devengará semestralmente intereses a la tasa Libor (la interbancaria de Londres).
- Plazo fijo original en pesos por bono en pesos a 5 años. Se pagará en 8 cuotas semestrales, iguales y consecutivas a partir del 3 de agosto de 2003. Devengará en concepto de intereses el 2 por ciento anual más el CER.
- Para mayores de 75 años, indemnizaciones laborales y personas con riesgo de vida: bono en dólares a 3 años. No importa que el depósito original fuera en dólares o en pesos, se podrá acceder al bono a un cambio de 1,40 peso por dólar. Este “Bono Libor 2005” se pagará en tres cuotas anuales, las dos primeras por el 30 por ciento cada una y la última por el 40 por ciento restante. La primera cuota se abonará el 3 de mayo de 2003. Quienes no ejerzan la opción por los bonos, continuarán con sus plazos fijos reprogramados según el esquema original dispuesto por el ex ministro Remes Lenicov.
Los ahorristas en cuentas a la vista podrán escoger entre:
- Bono Libor 2012
- Bono en pesos 2007. Ambos en las mismas condiciones detalladas más arriba.
- Bono en dólares a tres años, a un tipo de cambio que surgirá de una licitación pública: la cotización sería inferior del dólar de mercado, pero superior a 1,40 peso.
Depósitos inferiores a 10.000 pesos
El borrador de decreto que se entregó a los banqueros el sábado pasado no planteaba ninguna regla especial para estos depósitos. Sin embargo, en las últimas horas, el propio ministro de Economía instaló en su equipo la discusión de otorgar algún “beneficio extra” a esta franja de pequeños depositantes. Así, busca descomprimir el clima de descontento de los ahorristas contra su plan y el gobierno en general.
Las alternativas son las siguientes:
- Devolver la mitad en efectivo. Es la jugada más “audaz” que evaluaban hasta anoche en Economía. El problema es el siguiente. Como los depósitos inferiores a 10.000 pesos suman en el sistema financiero unos 3000 millones de pesos, el Banco Central tendría que emitir unos 1500 millones para, vía redescuentos, financiar la devolución. Y, por otro lado, debería vender más de 400 millones de dólares extra de las reservas para esterilizar la corrida de ese dinero al dólar.
- La otra alternativa es mucho más conservadora y sólo puede ser considera un beneficio en los papeles de los técnicos de Economía. Se trata de ofrecerles un bono especial en dólares a tres años, a un tipo de cambio preferencial. Sería similar al bono a 3 años en dólares para cuentas a la vista, pero con un descuento del 20 por ciento sobre el valor del dólar que resulte de la licitación.
“Beneficios” para los tenedores de los bonos
Con los bonos se podrán cancelar:
- Créditos hipotecarios de vivienda única y familiar.
- Préstamos personales.
Los bonos deberán ser tomados por los bancos para cancelar dichas deudas al “valor de mercado” más un 50 por ciento de la diferencia entre dicho valor y el valor nominal del título.
Los bonos podrán destinarse a:
- Adquirir inmuebles del Estado Nacional.
- Construcción de nuevos inmuebles.
- Compra de automotores 0 km, máquinas agrícolas, viales e industriales.
- Suscripción de fideicomisos que financien obras de inversión.
Si el Estado incumpliera una cuota de capital y/o intereses de los bonos:
- Se podrá aplicar el importe de dicho servicio vencido al pago de impuestos nacionales, con excepción de aportes previsionales, el tributo a las transacciones financieras y los destinados al régimen de obras sociales.
¿Los bancos están autorizados a devolver los depósitos?
Uno de los puntos que más fricción generó con los bancos fue la posibilidad de que el decreto incluyera la autorización para que aquellos bancos que no hubieran solicitado redescuentos devolvieran voluntariamente los depósitos. De esta forma, fundamentalmente los bancos extranjeros, ya no contarían con la excusa de que no pueden negociar individualmente con sus clientes la devolución de sus ahorros porque el decreto del corralito se los impide. Sin embargo, finalmente, el artículo fue borrado del decreto que firmaría Lavagna. Pero en Economía, a manera de amenaza, no descartan que el tema sea incluido en la reglamentación del decreto, lo cual –ya analizaron– sería igualmente válido desde el punto de vista legal.