Domingo, 13 de mayo de 2007 | Hoy
El antecedente de la condena a Etchecolatz, que acepta la figura de genocidio, sirvió para que la Justicia tucumana ampliara las indagatorias a represores como Bussi. Un “hito” en una provincia donde el Ejército nunca aceptó siquiera que hubo desaparecidos.
Por Adriana Meyer
El camino abierto con la sentencia contra el ex comisario Miguel Etchecolatz por violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco del genocidio comenzó a dar frutos. Desde principios de mayo la Justicia tucumana está ampliando las declaraciones indagatorias imputando ese delito a los represores que actuaron en el centro clandestino Arsenales, entre ellos el ex gobernador de facto Antonio Domingo Bussi. Es un hito de gran importancia que toma el antecedente del tribunal que condenó a Etchecolatz, a pesar de que la figura de “genocidio” como tal aún no está tipificada en el Código Penal. “Es un hecho histórico porque acá (en Tucumán) el Ejército nunca admitió siquiera que haya habido desaparecidos sino ‘muertos en combate’, por lo tanto lo consideramos un gran avance en la reconstrucción histórica y en la arquitectura jurídica”, opinó ante Página/12 la abogada querellante Laura Figueroa. En Rosario los abogados de derechos humanos están dando una batalla con el mismo objetivo.
Un grupo de letrados de esa ciudad habían solicitado la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad y la reapertura de las causas con contenido punitivo, y pedían que los acusados fueran imputados por genocidio. Tras el fallo del tribunal oral de La Plata que sentenció a cadena perpetua a quien fue la mano derecha de Ramón Camps, insistieron sobre el punto porque la Cámara de Rosario no aceptó el planteo de que hubo una asociación ilícita y esto podría derivar en excarcelaciones. “No es lo mismo excarcelar a integrantes de una asociación ilícita simple que a genocidas”, razonó Gabriela Durruty.
Quienes pugnan por introducir esa figura en los juicios por violaciones a los derechos humanos en marcha sostienen que el genocidio es delito en el derecho argentino por el ius cogens (derecho de gentes) contenido en el artículo 118 de la Constitución nacional. Además, agregan que en 1984 la Corte Suprema definió con claridad la vigencia del derecho internacional. Una de las condiciones del genocidio es que haya sido afectado un grupo nacional, y en tal sentido la propia calificación de “subversivos” que sostenían los represores podría ser considerada como constitutiva de dicho grupo.
El año pasado, la abogada Figueroa presentó en las megacausas que tramitan en Tucumán la ampliación de las querellas imputando por genocidio. El juzgado federal a cargo de Jorge Parache se pronunció favorablemente, al igual que la fiscalía de Emilio Ferrer, y el 2 de mayo comenzaron las indagatorias a militares y gendarmes por los hechos ocurridos en el centro clandestino que funcionó en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, el campo de exterminio más grande en jurisdicción militar del noroeste. Según explicó la letrada a este diario, por allí pasaron más de mil personas, incluso de otras provincias como Santiago del Estero, Catamarca, Jujuy y Salta, y 900 de ellas habrían muerto, entre ellas estudiantes.
Además de Bussi, imputado en su condición de ex gobernador de facto y comandante de la 5a. Brigada de Infantería, en la causa Arsenales está acusado el ex jefe de policía Mario Albino Zimmerman y el ex jefe del III Cuerpo de Ejército Luciano Benjamín Menéndez, a quien trasladaron desde Córdoba cuando fue su turno de declarar a pesar de su delicado estado de salud. Mañana será indagado Celso Barraza, el primer gendarme de la veintena de imputados, y el martes está citado Alberto Luis Cattaneo, segundo jefe del Comando de la V Brigada con funciones de Inteligencia. El 3 de mayo Bussi fue dado de alta, tras una internación por un edema pulmonar, y, paradójicamente, regresó al Arsenal Miguel de Azcuénaga donde cumple prisión preventiva.
En el proceso contra Etchecolatz la sentencia condenatoria aludió a delitos cometidos “en el marco” de un genocidio. Esto es porque el represor no había sido indagado por esa figura, por lo tanto ahí reside el valor de las indagatorias que se están produciendo en Tucumán, porque dejan salvado ese escollo para cuando llegue el momento de los juicios orales.
“No caben dudas de que el centro clandestino Arsenal Miguel de Azcuénaga fue un lugar de exterminio de cientos de personas. La muerte provocada por las torturas fue uno de los medios empleados para eliminar a los grupos cautivos, que ejemplifica a la perfección la brutalidad, alevosía y ensañamiento contra miembros de ‘un grupo nacional’. Las ejecuciones y posterior incineración de los cuerpos también demuestran el grado de perversión de los criminales”, redactó el juez Parache en su resolución. Por su parte, el fiscal Ferrer sostuvo que “la conducta desplegada por las fuerzas de seguridad en contra de cientos de personas, llevada a cabo en nuestro país entre los años 1976 y 1983, encuadra dentro del delito internacional de genocidio, entendido como ‘la negación del derecho a la existencia de grupos humanos enteros”, por lo cual consideró que corresponde ampliar la imputación por dicho delito a las personas involucradas en esa causa, así como también a los acusados en expedientes conexos. Las rondas de declaraciones finalizan el 4 de julio.
Entre las víctimas figura el cuerpo de delegados de la Facultad de Bioquímica y Farmacia, y existen indicios de que los fusilados de Faimallá fueron llevados a ese campo, al igual que los secuestrados de Tafí Viejo y de Ferrocarriles Argentinos. Además, pasaron por allí obreros y dirigentes gremiales de los ingenios San Juan, Concepción, La Florida, Santa Rosa, Lules, Bella Vista, Esperanza, Aguilares y Providencia.
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