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México despenalizó la tenencia de drogas

El jueves pasado, el Parlamento mexicano modificó la popularmente llamada “ley contra el narcomenudeo” y despenalizó en todo el país la tenencia de drogas para consumo personal. La nueva ley contempla dosis individuales no sujetas a acción penal, aunque mantiene la ilegalidad de la venta de estupefacientes.

La flamante norma fija una tabla de portación máxima de drogas para “su estricto e inmediato consumo personal”. Es decir que desde ahora será legal en México llevar hasta cinco gramos de marihuana, 500 miligramos de cocaína, 50 miligramos de heroína, 0,015 miligramos de LSD y 40 gramos de metaanfetaminas.

También, entre los puntos esenciales, la ley reconoce que el consumidor y el criminal no pueden ser la misma figura jurídica. Y elimina entonces la rehabilitación obligatoria para consumidores no farmacodependientes, que hasta ahora era la única forma de evadir la pena de prisión.

Además, introduce el concepto de reducción de riesgos y daños, y, por sobre todas las cosas, respeta los legítimos derechos de numerosos pueblos y culturas de México a los usos rituales de plantas mágicas como el peyote, muy utilizado por los huicholes, una comunidad que vive entre los estados de Nayarit, Colima y Jalisco.

De acuerdo con la legislación ahora derogada, las prácticas rituales principalmente llevadas a cabo por comunidades ancestrales, eran penadas con cárcel. Habitualmente esas prácticas eran toleradas aunque había situaciones que terminaban en detenciones.

La reforma sancionada por el Congreso delega en las entidades federativas buena parte de la lucha contra las drogas, en lo que respecta al narcomenudeo. De un promedio anual de 13.300 personas capturadas por delitos contra la salud –como se denomina al narcotráfico–, 98 por ciento son distribuidores al menudeo. Apenas el dos por ciento restante son líderes de los carteles financieros, lugartenientes, sicarios y funcionarios involucrados con el crimen organizado.

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