Jueves, 16 de septiembre de 2010 | Hoy
Ricardo Huñis *
“La decisión de la Cámara de Casación que confirma la condena pero no dispone su cumplimiento efectivo es en verdad excepcional. En todo caso, la discusión sobre si corresponde o no la excarcelación suele darse con la persona detenida. Existe ya el fallo de un tribunal oral, que, ante la apelación, es confirmado por la misma Cámara de Casación: entonces se ve un poco absurdo que permanezca en libertad. Para la mayoría de la jurisprudencia, la posibilidad de que la defensa concrete un recurso ante la Corte Suprema no evita la ejecución de la condena cuando ésta ha sido confirmada por Casación. Incluso, en el caso de Grassi, los abogados defensores todavía no produjeron ese recurso ante la Corte. Más aún, que Grassi haya permanecido en libertad durante el proceso también es insólito. El delito por el que Julio César Grassi fue juzgado y condenado a quince años de cárcel es: abuso sexual gravemente ultrajante. En la generalidad de los casos, el acusado en tales términos va a la cárcel a partir de la calificación provisoria del delito, que tiene lugar antes de la primera declaración indagatoria; es decir, mucho antes de que se eleve a juicio oral. No fue así en el caso de Grassi, lo cual señala ya una irregularidad de origen. Que, con un fallo de tribunal oral ya confirmado, siga en libertad, marca una irregularidad mucho mayor.”
* Profesor de Derecho Penal en la UBA y en la Universidad Madres de Plaza de Mayo.
Ciro Annicchiarico *
“En el caso (del cura Julio César) Grassi, de haberse tratado de otra persona hubiera estado detenido desde el primer momento. Es llamativo que con una condena a quince años de prisión por delitos graves, confirmada por la Cámara de Casación, esté en libertad. Teniendo en cuenta otros antecedentes, los procesados con dos condenas confirmadas están inmediatamente detenidos. Pero Grassi está en libertad. No conozco otros casos en los que haya pasado esta situación. Advierto que, evidentemente, hay diferencia de trato: personas que cometen delitos graves, con un fallo de tribunal confirmado, están efectivamente detenidas. Por otra parte, la Cámara tiene facultad de dejar a la persona en libertad hasta que haya sentencia firme definitiva, por confirmación de la Corte Suprema de Justicia. No obstante, la decisión es criticable. Es que sin estar el fallo firme, se podría haber dispuesto igual la detención. Si se tiene en cuenta la gravedad de los delitos, y que en otros casos las personas están detenidas, no se entiende por qué se hace esta diferencia. La ley prevé esta posibilidad –de mantener la libertad–, pero no me parece correcto debido a la gravedad de los delitos. Creo que se trata de un caso, como otros, donde las personas con poder terminan eludiendo el cumplimiento de la ley.”
* Abogado penalista.
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