Viernes, 26 de febrero de 2010 | Hoy
Producción: Mariana Seghezzo.
Por Alejandra Tolosa *
“Impedir el aborto de una niña de 15 años, que fue violada por su padrastro, es algo por lo menos aberrante. Es un horror. Porque, entre otras cosas, es una clara vulneración a los derechos humanos de la menor. En primer lugar, no debería necesitar una autorización judicial, ya que el caso está contemplado dentro de las excepciones de punibilidad de nuestro Código Penal. La pequeña quedó embarazada a raíz de una violación. Y además, en este momento está en riesgo su salud, entendida en los términos que lo hace actualmente la Organización Mundial de la Salud. Es evidente que la niña debe estar inestable mentalmente, dado que el violador es su padrastro. Por otro lado, la Convención Internacional de los Derechos del Niño y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, dos compromisos asumidos internacionalmente por el Estado argentino, también establecen la excepción penal en casos como los de niña de Comodoro Rivadavia. Sin embargo, y aunque desde el punto de vista que se lo mire, el caso no debería haber sido judicializado, en el país preexiste una distancia entre las prácticas y el cumplimiento efectivo de los compromisos legales asumidos por el Estado, en lo que refiere a los derechos humanos. Y, lo que es peor, es que esa distancia perjudica exclusivamente a las mujeres en situación de pobreza, porque no tienen acceso a un aborto por fuera de una institución pública y gratuita.”
* Delegada del Inadi en Chubut.
Por Mabel Bianco *
“La Justicia está desconociendo una demanda justa y válida del derecho de una niña violada a la salud. Con su fallo, la Justicia condena a una chica a realizarse un aborto en forma ilegal, lo que supone un riesgo para su salud y, además, la revictimiza dejando en libertad a su victimario. Si un hospital público no es quien realiza la interrupción del embarazo, es imposible realizarle el estudio de ADN al feto que permita establecer la paternidad y, por consiguiente, la responsabilidad de la persona que violó a la niña. Entonces, el hombre quedará libre y no sólo quedará impune el hecho, sino que además el violador podrá seguir abusando de mujeres en cualquier otro lugar. También, en este caso hay una irresponsabilidad total de los médicos que judicializaron un caso cuando no correspondía puesto que encuadra perfectamente dentro de la excepción del riesgo para la vida que establece el Código Penal. Sin embargo, nosotros como sociedad tenemos que aprender que debemos adecuar la ley para que no queda ninguna duda sobre la imputabilidad en jueces y profesionales de la salud, para que casos como las violaciones de menores no sean librados a criterios individuales y morales. El Congreso debe cambiar la legislación: Tiene que quedar explicitado en el Código Penal cada una de las situaciones en las cuales se deben realizar abortos no punibles.”
* Presidenta de la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer.
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