SOCIEDAD › UNA MUJER QUISO RETIRAR UNA DENUNCIA CONTRA SU PAREJA Y EL FISCAL LO RECHAZO

La telaraña de la violencia

Hace un año y medio, la mujer radicó una denuncia por agresión, pero ahora pidió ir a mediación. Para el fiscal, si aceptara el pedido, estaría “violando el compromiso del Estado para sancionar la violencia contra la mujer”.

Un fiscal de La Plata le impidió a una mujer retirar la denuncia que había presentado contra su marido por maltrato y amenazas, por considerar que la medida iría en desmedro de las normas constitucionales que sancionan hechos de violencia contra la mujer. La resolución fue adoptada por el fiscal platense Alvaro Garganta, al expedirse sobre el pedido de la mujer que –hace un año y medio– había denunciado que su pareja rompió una botella y se la colocó en el cuello, mientras amenazaba con matarla. En los últimos días se presentó ante el magistrado para retirar la denuncia y pedir que la causa pase a mediación penal, alegando que la relación con el agresor había mejorado. Pero el fiscal no hizo lugar al pedido.

El fiscal Garganta argumentó que “si bien el caso se encuentra contemplado en el régimen de resolución alternativa de conflictos penales, previsto en la ley 13.433 y por tratarse de un problema de convivencia, derivarlo a mediación vulneraría normas constitucionales”.

“El pedido de pase a mediación colisiona con el compromiso del Estado argentino de prevenir, investigar y sancionar hechos de violencia contra la mujer, por lo que existe un impedimento de naturaleza para aplicar la ley –antes mencionada– al presente caso”, agregó. Según el fiscal, se estaría “violando la Convención de Belén de Pará”, que prevé que cada Estado debe adoptar medidas para evitar agresiones contra la mujer, conminar al agresor y garantizarle a la víctima el acceso a un juicio oportuno al acusado.

Consultada por Página/12, la directora de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Analía Monferrer, explicó que una víctima “no puede retirar la denuncia, por tratarse de un delito de acción pública, que es aquel que se debe investigar por más que la demandante se oponga”. Asimismo aseguró que en este tipo de casos “no existe mediación penal”, porque con “la violencia no se media”. Podría aplicarse una mediación en “otro tipo de casos, como el incumplimiento de la cuota alimentaria para los hijos”, explicó.

Por su parte, Darío Witt –fundador de la ONG Casa María Pueblo para mujeres, niños y niñas, víctimas de violencia, y referente del Instituto Nacional de Hombres Contra el Machismo (Inahcom) –opinó: “Una primera lectura del caso sería que ‘ella lo perdonó y el fiscal no dejó que lo perdonara’. Pero ésta es una mirada simplista a la situación: cuando la mujer víctima de violencia no recibe contención, vuelve con su agresor”.

Según Witt, cuando una mujer eleva una denuncia por maltrato de género, “no existe un sistema que provea refugios para las víctimas”. Y “no hay un trabajo conjunto del Estado, las fiscalías y las organizaciones de la sociedad civil para darle a la denunciante protección adecuada”, agregó.

“Se necesita un abordaje integral en la cuestión y, sobre todo, contención emocional para la afectada, porque sin posibilidades reales de cambio, inevitablemente, la mujer vuelve con su agresor.”

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“Se necesita contención emocional para la afectada, porque, si no, vuelve con el agresor”, dice un experto.
 
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