Viernes, 30 de noviembre de 2012 | Hoy
SOCIEDAD › OPINION
Por Ricardo Gil Lavedra *
La Cámara de Diputados aprobó en su última sesión, con el apoyo de legisladores opositores y oficialistas, una reforma de la Ley de Sangre, que modifica el cuestionario que se realiza a cada donante para reducir los potenciales riesgos de la donación. Hasta ahora, los donantes eran interrogados acerca del género de las personas con las que hayan tenido relaciones, y se rechazaba como donante a todo hombre que hubiera tenido relaciones con otro hombre, e incluso a mujeres que hayan estado con hombres que hayan tenido relaciones con otros varones. La reforma aprobada tiene un doble objetivo: elimina esta discriminación y favorece la donación solidaria de sangre.
La exclusión se basaba en el argumento de que estos hombres, por su orientación sexual, constituyen un “grupo de riesgo” propenso a la transmisión de enfermedades, por lo que se les prohibía la donación de sangre, incluso a sus cónyuges, otros familiares y seres queridos. Esta norma era claramente discriminatoria y expulsiva, al estar basada en una categoría jurídica sospechosa como la de “grupo de riesgo”, anacrónica y basada en el prejuicio. Es incomprensible, por ejemplo, que no puedan donarse sangre entre sí los miembros de un matrimonio entre personas del mismo sexo.
Estamos convencidos de que el cuestionario realizado a los potenciales donantes debe seguir existiendo, y que debe incluso ser reforzado, pero para detectar prácticas de riesgo, que son las que verdaderamente determinan la posibilidad de que la donación no sea segura. Sólo enfocándose en las prácticas sexuales riesgosas, por ejemplo sin el uso apropiado de preservativo, se estará velando realmente por los intereses de los receptores de sangre. Según datos del Ministerio de Salud, el 86,4 por ciento de los hombres y el 88,6 por ciento de las mujeres infectados con HIV lo contrajeron mediante relaciones sexuales sin protección. Es el ejercicio de una vida sexual insegura lo que puede configurar para el donante una situación de riesgo, no su orientación sexual. Por otra parte, es destacable que el 46 % de los hombres recientemente infectados con HIV lo contrajo mediante relaciones heterosexuales, y un 41% por relaciones homosexuales, contrario a las creencias que atribuyen a la población homosexual la propagación actual de esta enfermedad.
La reforma, que ahora resta ser tratada por el Senado de la Nación, se alinea con las interpretaciones realizadas a nivel local por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y el Inadi, quienes apoyaron esta modificación, y a nivel internacional, por España, Rusia, Italia, México, Colombia y otros países que, por iniciativa política o fallos judiciales, han eliminado esta discriminatoria exclusión.
La necesidad de sangre es universal e irremplazable. La donación de sangre en la Argentina es insuficiente, y la mayoría de los donantes lo hace solo para reponer las transfusiones otorgadas a un familiar. Solo el 10 % de las donaciones son voluntarias, es decir, no se realizan para reponer sangre ya utilizada. Ante este panorama, y atendiendo a la ley Nº 22.990, que incentiva a promover campañas de motivación de los donantes de sangre en pos de mejorar esta situación, debemos terminar con la expulsión por razones absurdas de personas dispuestas a donar para permitir la donación por parte de todo aquel que desee incurrir en este acto de solidaridad.
La reforma que hemos aprobado establece simplemente que los formularios realizados a los donantes deberán respetar los principios consagrados por nuestra Constitución y el derecho a no ser discriminados arbitrariamente por la orientación sexual. Es un paso hacia adelante para la igualdad de derechos y un impulso a la tan necesaria donación voluntaria de sangre.
* Diputado nacional (UCR).
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