Sábado, 9 de abril de 2011 | Hoy
SOCIEDAD › RESOLUCIONES DE LOS MISMOS JUECES
Por Mariana Carbajal
La Sala 1 del Tribunal de Casación Penal tiene en su historial otras resoluciones polémicas que han sido cuestionadas por beneficiar a condenados de delitos contra la integridad sexual de mujeres y niñas. En 2004, los jueces Carlos Angel Natiello, Horacio Daniel Piombo y Benjamín Ramón Sal Llargués absolvieron a un muchacho de 20 años que había sido condenado por tener relaciones con una niña de 13 años. Los magistrados consideraron que no existía abuso porque el acusado no se había aprovechado de la inmadurez de la chica, ya que ella tenía experiencia sexual previa y conocimientos de sexualidad y métodos anticonceptivos. El joven había sido condenado en noviembre de 2000 por el Tribunal en lo Criminal Nº 4 de San Martín a tres años y seis meses de prisión, como “autor responsable del delito de abuso sexual cometido mediante acceso carnal con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima que lo consintió”.
Más recientemente, en febrero de este año, con las firmas de Piombo y Sal Llargués –y la disidencia de Natiello–, la misma Sala 1 le redujo la condena de 24 a 16 años de cárcel a un hombre que había sido condenado por abuso sexual doblemente agravado por acceso carnal y por el vínculo en perjuicio de sus pequeñas hijas M.A.B. y M.B.B. por el Tribunal Oral Criminal 1 del Departamento de San Martín. Piombo y Sal Llargués le eliminaron de la sentencia los agravantes, entre los cuales figuraban el hecho de haber eyaculado dentro de sus hijas, poniéndolas en riesgo de quedar embarazadas o contraer infecciones de transmisión sexual. Como no quedaron embarazadas ni se contagiaron una ITS, para los jueces no se puede considerar agravante. “Aparte de ello –sostuvo Piombo–, para que la misma configurara un real peligro, debió determinarse si el padre era portador de tales enfermedades o que convivía con personas que las tenían como patología virulenta. Y la primera de las indicadas debía, por cierto, indisolublemente conectarse con la circunstancia de que el encartado, al momento de realizar tales accesos carnales tenía espermatozoides aptos para generar y que también sus hijas estaban en condiciones de concebir.”
También el tribunal quitó otro agravante que tuvo en cuenta el TOC 1 en su condena: el hecho de que las dos víctimas fueran niñas de pocos años. Sal Llargués votó con Piombo mientras que Natiello consideró que las dos circunstancias (eyaculación y edad) debían ser consideradas agravantes.
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