19:24 › ELECCIONES PORTEñAS

Las Madres denunciaron la candidatura de Macri

El abogado Eduardo Barcesat y el consejero Roberto Boico, de la Universidad de Madres de Plaza de Mayo (UPMPM), afirmaron que el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, está inhabilitado para ser reelegido ya que, según el artículo 57 de la Constitución porteña, los procesados no pueden ser "designados" para ejercer cargo alguno y Macri tiene un procesamiento firme en la causa por escuchas ilegales. La impugnación de la candidatura quedará en manos del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad.

"Tal y como taxativamente establece el primer párrafo del artículo, Macri se halla en situación de inhabilidad para ser designado, tras la compulsa electoral, como jefe de Gobierno", afirmaron Barcesat y Boico.

"La cláusula de ética pública que desarrolla el principio de idoneidad para el ejercicio de toda función pública conforme al artículo 16 de la Constitución Nacional", agregaron.

Macri tiene procesamiento firme en la causa está a cargo del juez federal Norberto Oyarbide, por las actividades de espionaje realizadas desde el aparato de estado local y con intervención de funcionarios que integraron la administración pública de la ciudad. Entre ellos, el ex jefe de la policía metropolitana, Jorge "Fino" Palacios, y el espía Ciro James.

Según Barcesat y Boico, el planteo de la inhabilidad de Macri para postularse "debe introducirse ante el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, que es el tribunal de instancia única con competencia en la materia electoral, dentro del breve plazo para las impugnaciones que nace desde el momento de inscripción de las candidaturas a jefe y vicejefe de Gobierno".

Como el procesamiento firme de Macri "es un tema de público y notorio y la interpretación de la cláusula constitucional una cuestión de puro derecho, la impugnación por inhabilidad constitucional (...) puede y debe ser resuelta antes de las elecciones en la Ciudad de Buenos Aires", añadieron.

"De este modo, se obviarían los inconvenientes ya señalados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación" en los casos precedentes de los represores Antonio Domingo Bussi y Luis Abelardo Patti, "donde se señaló que los planteamientos de inhabilidad de los candidatos debían hacerse previos a la consulta electoral", subrayaron.

Barcesat y Boico señalaron finalmente que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires, Ramiro Monner Sans, "en ejercicio de sus funciones como Fiscal Electoral, es el primero obligado a controlar la habilidad constitucional de los candidatos que se postulen para los cargos públicos electorales".

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