UNIVERSIDAD

¿Hay riesgo de acefalía?

El mandato del rector Jaim Etcheverry y de los actuales consejeros superiores vence el próximo 7 de mayo. ¿Qué pasará si no puede sesionar antes la asamblea que debe elegir rector para el período 2006-2010? El estatuto de la UBA prevé, en su artículo 101, que en caso de ausencia, enfermedad, renuncia, separación o muerte del rector, sus funciones debe ejercerlas el vicerrector o, a falta de éste, el decano de mayor edad. Y que, dentro de los 15 días de producida la vacante, el Consejo Superior debe convocar a la asamblea para elegir nuevo rector. Por eso, varios sectores del bloque de radicales, peronistas y aliados independientes –con mayoría en las facultades de Derecho, Económicas, Odontología, Farmacia, Psicología, Ingeniería, Veterinarias y Medicina– creen que bastará esperar al lunes 8 y, una vez en funciones el nuevo Consejo Superior, donde el bloque tendrá una relación de fuerzas favorable, elegir vicerrector para, después, organizar otra asamblea universitaria. No obstante, todavía se intentará acordar cómo sesionar antes de que venzan los mandatos.

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  • [HTML]LA PROTESTA ESTUDIANTIL VOLVIO A FRUSTRAR AYER LA ELECCION DEL RECTOR
    En la UBA la tercera tampoco fue la vencida
    Por Javier Lorca

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