EL PAíS › LA JUSTICIA VOLVERá A IMPEDIR EL TRABAJO DE LA PRENSA EN EL PROCESO A DIECIOCHO REPRESORES QUE ACTUARON EN LA ESMA

Cerrar las puertas del juicio a Astiz & Cía.

Pese a que la Corte Suprema ordenó garantizar la publicidad de los procesos, el Tribunal Oral Federal 5 sólo permitirá un fotógrafo por “un breve lapso” y una cámara de TV operada por policías.

 Por Diego Martínez

Víctor Basterra detalla cómo extrajo fotos de torturadores. El Tigre Acosta admite que se sentía Jesucristo cuando seleccionaba pasajeros para los vuelos. Carlos Lorkipanidse relata la tortura a su hijo de veinte días. El cura Emilio Grasselli teoriza que los marinos eran menos brutos que el Ejército. Carlos Capdevila se quiebra al contar cómo arrancaba bebés a sus madres. Graciela Daleo rememora el Mundial en Capucha. Enrique Weber explica que Rodolfo Walsh no le dio otra alternativa que matarlo. Relatos e imágenes, hipotéticos en el caso de los imputados, formarán parte del proceso más importante desde el Juicio a las Juntas en 1985, que filmó ATC y se emitió en flashes sin sonido, a pedido de Raúl Alfonsín, contra la voluntad del tribunal. Un cuarto de siglo después, con Fuerzas Armadas subordinadas a la Constitución y un gobierno que impulsa las causas, el juicio a los iconos del terrorismo de Estado no podrá ser escuchado ni visto más que por el centenar de personas que quepa en Comodoro Py y será filmado por una cámara operada por personal de la policía.

Tras cinco juicios sin cámaras y el escándalo del sexto, cuando dos secretarios cubrieron el lente de un fotógrafo de Télam, el Tribunal Oral Federal 5 que juzgará a 18 represores de la ESMA explicitó por primera vez su criterio de publicidad, que incumple la acordada de la Corte Suprema que ordenó difundir los procesos: 1) Fotógrafos y camarógrafos no ingresarán. La Corte encomendó al tribunal determinar “la ubicación de cámaras de televisión y reporteros” para “garantizar el mejor registro”; 2) Télam tomará imágenes durante “un breve lapso”, en las tres audiencias previstas por la Corte, con prohibición de hacer “primeros planos de las partes ni del tribunal”; 3) La única cámara de TV será operada por policías en base a “directivas del tribunal”. “Las imágenes atenderán lo sustancial”, que determinarán Guillermo Gordo, Ricardo Farías y Daniel Obligado. La mención a “paneos” de imputados sugiere que tampoco se difundirán las indagatorias, incluidas en la acordada.

Arbitrariedad manifiesta

Para la mayor parte de la sociedad, los procesos por crímenes del terrorismo de Estado se limitan a la arenga de Luciano Menéndez, el llanto de Antonio Bussi y las amenazas de Cecilia Pando en Corrientes. La mayoría de los porteños no sabe el nombre de un solo condenado en Comodoro Py, pese a que ya hubo seis juicios: al Turco Julián, la Masacre de Fátima, al prefecto Héctor Febres (envenenado antes del fallo), a ex jefes de Mansión Seré y dos por apropiaciones. Ya lleva dos meses el séptimo, al general Jorge Olivera Róvere.

Excepto el juicio al apropiador Víctor Rei, realizado por el TOF6 sin obstáculos para la prensa, el resto estuvieron a cargo del TOF5, que hasta 2005 integró Guillermo Madueño, quien renunció cuando trascendió su complicidad con el terrorismo de Estado en Bahía Blanca. Durante los primeros juicios, el tribunal rechazó pedidos informales. Sus negativas se instalaron el año pasado, luego de que el país viera en vivo a Menéndez, la Coalición Cívica presentara un proyecto para garantizar la televisación y el comisario Juan Carlos Lapuyole fuera condenado a reclusión perpetua sin que se pudiera conocer el rostro del Francés.

En el inicio del juicio por Mansión Seré, por primera vez el tribunal rechazó por escrito un pedido de Justicia Ya. Argumentó que las cámaras “atentan contra la espontaneidad de los testigos” y que debía “controlar la publicidad negativa del imputado”. Cuando Argra pidió autorización para cubrir las instancias sobre las que luego se pronunciaría la Corte, el TOF se remitió a su escrito previo, que no contrariaba el pedido. El fiscal Félix Crous hizo propio el reclamo de la querella. “En la sociedad de masas, el sentido de la publicidad no se agota en la posibilidad de quienes pueden asistir a la sala”, advirtió. Al mes, sin argumentos, el tribunal ratificó la negativa. Crous recurrió a Casación: denunció la “arbitrariedad manifiesta”, destacó la “gravedad institucional” del caso y recordó que el Estado se comprometió a juzgar los crímenes y a garantizar el derecho a la verdad.

Antes de que Casación respondiera, la Corte, mediante su acordada 29, pidió garantizar la “difusión radial y televisiva”. Encomendó al tribunal determinar “la ubicación” de las cámaras y requerir a un canal “preferentemente público” que distribuya imágenes entre los que no quepan en la sala. La acordada se limitó a la audiencia inicial (incluye indagatorias), alegatos y sentencia (incluye últimas palabras). En la práctica, la Corte convalidó el criterio que aplicaban todos los tribunales excepto el TOF5 y restringió el de La Plata, que incluía publicidad de las testimoniales.

El 3 de noviembre la Cámara de Casación rechazó el planteo de Crous. Gustavo Hornos, Mariano González Palazzo y Augusto Diez Ojeda consideraron que impedir el ingreso de fotógrafos y camarógrafos no era una decisión arbitraria, porque el TOF “aseguró la participación del público en la medida de lo posible”. Como si la acordada fuera un borrador, invitaron al TOF a considerarla “en el futuro”. El fiscal Ricardo Weschler no apeló, el caso no llegó a la Corte. Dos días después, durante la sentencia de Mansión Seré, el tribunal burló la acordada y el consejo de Casación: impidió el ingreso de las cámaras, permitió a los canales tomar la precaria señal de circuito cerrado para ver a Gordo (los represores estaban en sus casas), pero prohibió a la sociedad escuchar las últimas palabras de los imputados.

En febrero, Página/12 anticipó que en el juicio a Olivera Róvere se volvería a incumplir la acordada. “Ordena garantizar el acceso de reporteros, no que el tribunal decida qué filmar. Es una interpretación irrazonable”, apuntó el CELS, que reclamó “una medida categórica” de la Corte. El máximo tribunal citó al TOF, le pidió que acatara la decisión. Gordo amenazó con renunciar antes de autorizar el ingreso de una cámara, algo irrelevante si existe juez sustituto. La audiencia inicial fue un papelón: el tribunal autorizó al fotógrafo de Télam a trabajar tres minutos sin el represor presente y lo obligó a retirarse. Cuando vio de reojo que Olivera Róvere entraba, el fotógrafo desenfundó y un secretario del TOF y otro de la Corte taparon su lente. No lograron evitar la foto y cosecharon un repudio unánime. Al día siguiente, Gordo lo autorizó tres minutos, con dos condiciones: atrás de un blíndex y sin flash. Ante la prohibición de filmar con sus cámaras y la mala calidad de las policiales, Canal 7 se negó a tomar la señal de circuito cerrado.

Una cuestión compleja

El 23 de marzo, el fiscal Alejandro Alagia, designado para secundar a Crous, reclamó “el cumplimiento de la acordada” en el inicio del juicio a los ex jefes de área. La negativa demoró cuatro días. Alagia no apeló y pidió licencia. Un tercio de la resolución son citas de estudios comparados de Gabriel Anitúa y Alberto Bovino, profesores de la UBA partidarios de la más amplia publicidad. El tribunal advierte la “enorme complejidad de la cuestión” y, para simplificarla, selecciona citas sobre riesgos de “manipulación”. Giovanni Sartori alerta que la TV es un medio “frívolo, irresponsable y populista”. María Frascaroli advierte que “la transmisión periodística deforma la realidad”. Julio Maier destaca la escasa objetividad de los medios en el prólogo al estudio de Bovino a favor de la publicidad. Luis García describe condicionamientos que padece la prensa. Alejandro Slokar considera “obscena” la transmisión de “muestras de ira, dolor, desesperación”, no en juicios de lesa humanidad, sino en un programa de María Laura Santillán. García y Slokar sugieren pedir el consentimiento de los testigos para transmitir sus declaraciones, hipótesis que no se analiza. Frascaroli propone que un superior revise las restricciones, como lo hicieron en vano la Corte y Casación.

Gordo, Farías y Obligado concluyen que la TV va a hacer una “difusión manipulada”. No va a difundir “lo sustancial”, sino “lo que impacta, lo que vende, y posar la cámara innecesariamente en el público, el imputado, las partes o el tribunal, a fin de obtener miradas, gestos o reacciones que den volatilidad al ambiente, lo cual puede acarrear consecuencias insospechadas”. En el caso de los privados, “los excesos” derivan del lucro. Los públicos no lucran, pero igual “se ven ‘obligados a vender’ su producto, a presentarlo de modo que resulte aceptado, y en ocasiones esto no es factible si se quiere reproducir fielmente el caso”.

El tribunal sugiere que las prohibiciones “no tienen otro objetivo que controlar lo que ocurra en la sala de audiencias”. No sólo. Gordo, Farías y Obligado ya dejaron en claro su voluntad de impedir también la difusión de las imágenes tomadas por la policía. Ante un pedido de María Eugenia Sampallo Barragán para obtener copia de los videos del juicio a sus apropiadores, no se animaron a descalificar sus motivaciones, pero se limitaron a responderle que lo tendrían “presente” para cuando la Corte confirme la sentencia.

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“Las imágenes atenderán lo sustancial”, según consideren los jueces Farías, Obligado y Gordo.
Imagen: Télam
 
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