Domingo, 19 de septiembre de 2010 | Hoy
EL PAíS › EL JUEZ DE LA CORTE SUPREMA RAUL ZAFFARONI HABLA SOBRE EL CASO DEL PROCURADOR DE SANTA CRUZ
El ministro del máximo tribunal asegura que no estudió la cuestión de fondo, que el fallo ordena ejecutar una sentencia que ya estaba dictada pero que el “imperium” de la Corte para hacer cumplir el fallo se agotó.
El ministro de la Corte Suprema de Justicia Raúl Zaffaroni explica que esta semana el máximo tribunal no ordenó reponer a Eduardo Sosa como procurador de Santa Cruz sino que reclamó que se ejecute una vieja sentencia dictada en ese sentido. “Decidimos disponer que la Justicia federal decida si el gobernador ha desobedecido el mandato de la Corte o si realmente no tiene posibilidad de cumplirlo”, señala. Y dice que la situación “a estas alturas o tiene una solución política dentro del ámbito de competencia del Poder Legislativo o no tiene ninguna”.
–El gobernador de Santa Cruz y el jefe de Gabinete afirmaron que la Corte incurrió en un exceso al entrometerse en cuestiones de derecho público provincial al disponer que Eduardo Sosa fuese repuesto como procurador de Santa Cruz.
–No sé, quizá tengan razón. No abro ningún juicio acerca del derecho del Dr. Sosa a ser repuesto en su cargo. No estudié el caso, lo que objetan es una sentencia pronunciada y firme años antes de la actual integración de la Corte.
–¿Pero cómo? ¿La Corte Suprema no resolvió eso?
–Sí, la Corte Suprema lo resolvió pero mucho antes de que yo y la mayoría de sus actuales ministros la integrara. No recuerdo la fecha, pero desde hace siete años integro la Corte y nos hallamos con una sentencia firme que disponía la reintegración del Dr. Sosa al cargo. No me ocupo de estudiar casos resueltos, ni creo que mis colegas hagan eso, tenemos bastante con las sentencias que debemos pronunciar para ocuparnos de las ya pronunciadas con otra integración de la Corte. Eso sólo tendría interés académico, como caso de laboratorio en la Facultad de Derecho. Nosotros nos encontramos con una sentencia firme que disponía el reintegro del Dr. Sosa a sus funciones. No tenemos competencia para revisar sentencias firmes de nuestro propio tribunal, salvo los casos especiales y excepcionalísimos. No sé, si la víctima de homicidio aparece viva y nos saluda, pero nada más. Por eso le digo que no abro juicio sobre la sentencia ni sobre lo que le observan el gobernador de Santa Cruz ni el jefe de Gabinete, no podría abrir juicio responsablemente aunque lo quisiera, porque no he leído la causa ni tenía ninguna necesidad de hacerlo.
–Entonces ¿qué fue lo que resolvió la Corte ahora?
–Desde hace siete años estoy en la Corte. Frente a una sentencia firme nuestro objetivo era que la sentencia se ejecutase, porque, le reitero, es una sentencia firme y las sentencias firmes deben ejecutarse. Nuestro problema era cómo ejecutarla. Tuvimos audiencias, hicimos todo lo posible para ejecutarla, pero el Dr. Sosa quiere ser repuesto en el cargo y el gobernador responde que no puede reponerlo, que envió un proyecto a la Legislatura, que ésta no trató y que al parecer tampoco satisface al Dr. Sosa y, por ende, manifiesta que no puede cumplir la sentencia de la Corte. Llevamos siete o más años en esto, uno que pretende ser repuesto en el cargo, otro que responde que no puede reponerlo, y pese a todas las audiencias e instancias que hemos agotado, cada uno se mantiene en su posición sin ceder un milímetro. Esta es la situación a la que habíamos llegado. Nuestro “imperium” para hacer cumplir la sentencia de reposición del Dr. Sosa en el cargo está agotado.
–¿Y entonces?
–Entonces decidimos admitir que se nos ha agotado el “imperium” y disponer que la Justicia federal decida si el gobernador en realidad ha desobedecido el mandato de la Corte o si realmente no tiene posibilidad de cumplirlo. En el primer caso será procesado y en el segundo será sobreseído. Es lo correcto, simple y sencillamente.
–¿Y la remisión al Congreso?
–Bueno, si llegamos a la conclusión de que hay una sentencia firme de la Corte –buena o mala, no lo sé, no la estudié ni tengo por qué hacerlo, pero es sentencia firme– y se nos agota el “imperium” para su ejecución, de lo cual dan cuenta más de siete años de trámite, que son los que a mí personalmente me constan y no sé los anteriores, es natural que le informemos a la representación directa del pueblo y de las provincias que se ha producido esta situación, que a estas alturas o tiene una solución política dentro del ámbito de competencia del Poder Legislativo o no tiene ninguna.
–¿Y cuál es la solución política en el ámbito del Congreso?
–No lo sé, no somos nosotros los que podemos decirle al Congreso lo que debe o puede hacer, nos limitamos a ponerlo en conocimiento de la situación, por demás original, por cierto.
–Dijo que puede haber una solución política o ninguna. ¿Y si no hubiese ninguna?
–Si no hubiese ninguna será necesario sacar el lápiz y anotarlo, para que lo tengan en cuenta algún día quienes se encarguen de alguna futura reforma constitucional. Si tuviésemos un tribunal constitucional que claramente fuese competente para resolver los conflictos de poderes no me cabría la menor duda de que sería materia propia de este tribunal, pero no lo tenemos. De cualquier manera, ésa es una cuestión que no nos compete a nosotros, sino al Congreso, si es que hay una solución dentro de nuestra estructura institucional vigente. Insisto en que no me corresponde y sería un osado si pretendiese marcarle pasos al Congreso de la Nación. La Corte no lo ha hecho y personalmente no cometo la osadía de hacerlo, ni como juez ni como académico. Respeto el ámbito de competencia de cada poder. El Congreso sabrá si tiene facultades para decidir algo o si también se agotó su “imperium”, porque es quien tiene la representación primaria de todos nosotros, los ciudadanos.
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