EL PAíS › EL INADI LE IMPUTO ANTISEMITISMO Y DISCRIMINACION
El legajo de Brinzoni
El INADI dictaminó que el general Ricardo Brinzoni cometió un acto discriminatorio y descalificó la fe judía en su intercambio epistolar del año pasado con el periodista Héctor Timerman. Brinzoni habló en nombre de un supuesto Ejército cristiano y recomendó a Timerman la lectura de un párrafo antisemita de la obra de Shakespeare “El mercader de Venecia”. El INADI le recomendó no seguir “reiterando hechos discriminatorios contrarios al ordenamiento jurídico” y solicitó al ministro de Defensa Horacio Jaunarena que haga constar el dictamen en el legajo del militar. En un país serio ambos acatarían y Brinzoni pediría su pase a retiro.
Por Horacio Verbitsky
El presidente del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, Enrique Oteiza, dictaminó que el general Ricardo Guillermo Brinzoni agravió al periodista Héctor Timerman con actitudes antisemitas. El INADI recomendó que el Jefe de Estado Mayor del Ejército se abstenga en el futuro de “reiterar hechos discriminatorios contrarios al ordenamiento jurídico vigente” y solicitó al ministro de Defensa Horacio Jaunarena que haga constar el dictamen en el legajo del militar. El Instituto tiene la obligación legal de “informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas discriminatorias en cualquier ámbito de la vida nacional, en especial las provenientes de autoridad pública”.
En los tres años que lleva en su cargo Brinzoni designó a un dirigente del partido neonazi Nuevo Triunfo para representarlo como abogado de confianza ante los organismos de derechos humanos; envió a un general a expresar su solidaridad con oficiales y suboficiales detenidos por violaciones a los derechos humanos; reclamó al gobierno nacional que se paralizaran los juicios por la verdad y no se concedieran extradiciones de militares reclamados por la justicia de otros países; ordenó recibir como un héroe en Ezeiza a un ex oficial que escapó de la justicia italiana gracias a la falsificación de un documento; presionó a la Corte Suprema de Justicia para que cierre los juicios por los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura militar; exaltó los “ideales que permanecen inmutables a través del tiempo” en un brindis con el Foro de Generales de la Dictadura; fue denunciado él mismo por su intervención en una de las masacres paradigmáticas de entonces, la de Margarita Belén, y rindió homenaje al ex dictador Leopoldo Galtieri, quien era su superior en aquellos días de diciembre de 1976. La única vez que Jaunarena intervino fue cuando la designación del abogado nazi: ordenó despedirlo (cosa que Brinzoni no hizo, según señaló la DAIA en su informe anual sobre antisemitismo) y recomendó al jefe del Ejército que guardara silencio. El sentido de esa sugerencia no fue sancionarlo sino protegerlo de sus peores enemigos, fríos e insidiosos: el micrófono y el grabador.
El INADI fue creado por la ley 24.515, de 1995, como consecuencia de la reforma constitucional de 1994, cuyo artículo 75, inciso 22, atribuyó jerarquía superior a la de las leyes a las convenciones y tratados sobre derechos humanos firmados por la Argentina. Una de ellas es la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. Su artículo 4.c dispone que los Estados signatarios no permitirán “que las autoridades ni las instituciones públicas nacionales o locales, promuevan la discriminación racial o inciten a ella”.
El presidente y vice del INADI son designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Congreso. Ellos son el ingeniero aeronáutico Oteiza, especialista en cuestiones de política de ciencia y tecnología y de educación superior, y el ex diputado justicialista cordobés Esteban Llamosas. También tiene un directorio, que integran Horacio Munir Haddad, por la Federación de Entidades Americano Arabes; José Hercman, por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA); Néstor Perl, por el Ministerio del Interior; Juan Carlos Pugliese (h.), por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología; Mariano Alberto Ciafardini, por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; Fernando Petrella, por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y Sergio Di Gioia, por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos. Sus recomendaciones no son obligatorias para los ministros del Poder Ejecutivo, pero implican un compromiso ético difícil de eludir.
Despojo y expulsión
El periodista y editor Jacobo Timerman fue secuestrado en abril de 1977 por tropas del Ejército que lo torturaron en pocilgas inmundas mientras lo interrogaban sobre su condición de judío. Pese a que la comisión militar especial que investigó su patrimonio lo absolvió de la acusación de canalizar en La Opinión fondos de los montoneros y la Corte Suprema de Justicia ordenó su libertad, Timerman fue despojado de su diario, privado de su nacionalidad argentina y expulsado del país. Un cuarto de siglo después, Brinzoni invitó a su hijo Héctor, al subdirector del diario La Nación, José Claudio Escribano; al director del Centro de Estudios Unión Para una Nueva Mayoría, Rosendo Fraga; a la consultora Graciela Römer y al publicista Rodolfo Diez, a pronunciar conferencias ante los jefes de prensa, comunicación y relaciones institucionales de todas las unidades.
Judío practicante, Héctor Timerman consultó el caso con varios rabinos. El resultado fue una carta en la que luego de describir lo sucedido con su familia formuló una propuesta conciliadora: sólo podría aceptar la invitación si en nombre del Ejército Brinzoni pidiera perdón a sus padres, para lo cual se ofreció a acompañarlo al cementerio donde fueron enterrados. Brinzoni le respondió con una carta notable, en la que lamentó que el dolor de Timerman le impidiera “albergar sentimientos conciliadores”, lo cual era una grosera tergiversación. Por el contrario, Timerman le ofreció orar junto a él. También adujo que los cristianos perdonan cualquier ofensa, aunque el ofensor no se haya arrepentido con sinceridad. Curiosa inversión de los términos: Brinzoni no debía perdonar, sino pedir perdón. Además, la doctrina católica sobre el perdón dice lo contrario de lo que afirmó Brinzoni. En 1983, cuando la última junta militar emitió su documento final la Comisión Ejecutiva del Episcopado declaró que era insuficiente, ya que no incluía el “reconocimiento de los yerros, su detestación y la búsqueda de posibles caminos de reparación”. En una nueva declaración sobre el tema, hace cuatro años, el obispo de Morón, Justo Laguna dijo: “El perdón supone el arrepentimiento claro y expreso, el arrepentimiento desde luego interior, pero también exterior. Todo el que comete un delito está absolutamente obligado a arrepentirse de lo que ha hecho. Y aquí hay otro elemento que es importante tener en cuenta: la reparación, en cuanto sea posible... Sin verdad y justicia, sin conocer los hechos, es muy difícil poder reconciliarnos... Una cosa es el perdón al enemigo (el Papa, por ejemplo, perdona a Alí Agca); distinto es el problema de la justicia y la reparación. No significa que el asesino, por ser perdonado, vaya a salir a gozar de la libertad como si no hubiera hecho nada... Nadie puede perdonar a quien no quiera ser perdonado”.
Shakespeare
para generales
Brinzoni también le propuso a Timerman que meditara sobre palabras de El mercader de Venecia. Esa obra, escrita por William Shakespeare entre 1596 y 1597, presenta la historia de un judío al que un gobernante cristiano amenaza con la confiscación de sus bienes si no se convierte. En su carta a Timerman, Brinzoni atribuyó a Shakespeare estas palabras: “La compasión debe ser tan natural como cae la lluvia sobre la tierra. Está doblemente bendita, porque bendice a quien la otorga como a quien la recibe y tiene su trono en el corazón del justo”. Brinzoni o sus asesores deben haber consultado algún resumen para generales. Lo que Shakespeare escribió fue:
El perdón no es forzado.
Cae como la fina lluvia del cielo
a la tierra y es dos veces bendito.
Agracia a quien lo concede y a quien lo recibe.
Es más poderoso en los más poderosos,
hace al monarca mejor que su corona.
Su cetro muestra la fuerza del poder temporal. En ese atributo de la majestad
residen el temor y la reverencia a los reyes.
Pero el perdón prevalece sobre la soberanía del cetro,
su trono se erige en el corazón de los reyes,
es un atributo de Dios.
Cuando el perdón modera la justicia
el poder terrenal es más parecido al de Dios.
Entonces, judío,
aunque tu reclamo sea justo, ten esto en cuenta:
ninguno de nosotros debería ver la salvación en la justicia.
Oremos por el perdón”.
Aun cuando la cita sea incompleta y deforme, su intención es clara: Brinzoni rechaza la justicia y no tiene la humildad de pedir perdón, a tal punto que ni menciona la propuesta de Timerman de acudir a la tumba de sus padres. Sólo acepta imponer condiciones, como ocurre en la obra de Shakespeare. En lugar de Timerman, Brinzoni invitó entonces al periodista Ernesto Tenembaum, quien aceptó participar en el ciclo.
“La institución
responsable”
El titular del INADI consideró como agravante que las expresiones de Brinzoni hayan sido dirigidas a una víctima del terrorismo de Estado y recordó que para el derecho internacional los familiares directos de un secuestrado y torturado también son víctimas del terrorismo de Estado. Según Oteiza, Brinzoni descalificó la religión de Timerman. “Lejos de tener un trato especial con el señor Timerman por su condición de víctima, transgrede principios internacionales vinculados con el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación. El desconocimiento de tales principios reviste mayor gravedad por provenir del funcionario a cargo de la institución responsable del terrorismo de estado durante la supresión de la institucionalidad constitucional de nuestro país (1976-1983). La utilización de la citada obra El mercader de Venecia resulta agraviante a la Comunidad Judía por el carácter antisemita de la misma como así también preocupante para la sociedad en su conjunto”, afirma su resolución, firmada el 27 de enero.
En su descargo ante el INADI, Brinzoni había invitado a sus autoridades a visitar los Institutos de Formación de Cuadros del Ejército. La resolución de Oteiza se lo agradece y le solicita “la remisión de la currícula de estudios de los institutos de educación y capacitación, y los de formación docente del Ejército Argentino, así como los criterios de selección de los docentes, textos y materiales de estudio empleados en el proceso de enseñanza y aprendizaje, para su revisión por parte de organismos de Derechos Humanos y de este Instituto, como paso previo para el inicio de acciones en común a fin de prevenir la reiteración de hechos discriminatorios en el conjunto de las Fuerzas Armadas Argentinas”. Lo que ni Jaunarena en su momento ni el INADI durante la instrucción del dictamen hicieron, fue inquirir a Brinzoni el nombre del asesor que insertó esa cita de Shakespeare, para citarlo a declarar sobre el sentido de su inclusión en la carta.
El dictamen
La resolución de Oteiza se basó en un dictamen del asesor letrado del INADI, Martín Magram, quien intervino a raíz de una denuncia del ex fiscal Ricardo Molinas. Aparte de la referencia a la obra de Shakespeare, Molinas destacó que en su carta a Timerman, “Brinzoni identificó al Ejército Argentino –institución integrante del Poder Ejecutivo de la República– como cristiano, lo que habría redundado en su actitud contraria al pluralismo democrático, a las normas constitucionales como así también a la propia normativa antidiscriminatoria”. Al contestar el traslado que le hizo el INADI, Jaunarena dijo que Brinzoni había reconocido “su equivocación” en una carta a la DAIA y que no había tenido intención de herir los sentimientos de Timerman ni de la comunidad judía. En su descargo Brinzoni dijo que “desconocía la connotación discriminatoria que esta obra de la literatura universal tiene para quienes profesan la fe judía” y que una vez enterado había pedido disculpas a la DAIA, la B’nai B’rith y el Centro Simón Wiesenthal, que “no dudaron en aceptarlas”. (Esta afirmación es de veracidad dudosa. De hecho, la DAIA boicoteó la celebración del Día del Ejército del año pasado.)
Ante una consulta del INADI, la Asociación de Abogados de Buenos Aires opinó que Brinzoni no había incurrido en un delito penal de los castigados por la ley antidiscriminatoria 23.592, pero que la cita de El mercader de Venecia era ofensiva para la colectividad judía. “Resulta de por sí altamente infrecuente que una correspondencia oficial proveniente del Ejército contenga citas literarias. Lo más extraño resulta que la cita a esta obra se realiza con el supuesto objetivo de establecer un diálogo entre cristianos y judíos, en un contexto en el cual, paralelamente, se niega a la víctima la ocurrencia del genocidio. Esta mención, tiende entonces a descalificar al interlocutor, a su religión y a su cultura, y pareciera haberse incluido para cumplir cínicamente dicho objetivo. El posterior pedido de disculpas de Brinzoni es insuficiente, pues no explica ni la incongruencia de su carta con el reclamo de Timerman, ni las razones que lo llevaron a citar la obra. Por ello, ha de concluirse que la cita a la obra no ha sido fruto de la casualidad.” También sostuvo que el “asumir la condición de cristiano en representación del Ejército, en el contexto en que lo hizo, constituyó un acto discriminatorio”.
El dictamen del INADI afirma que “al referirse a la condición de cristiano, el Jefe del Estado Mayor otorgó a nuestro Ejército una pertenencia religiosa específica, lo cual entra en contradicción con el régimen jurídico institucional que establece la Constitución, privilegiando una pertenencia religiosa sobre otras y pretendiendo establecer como obvio y natural una determinada pertenencia religiosa como supuesto del ejercicio de la función pública, en este caso, nada menos que la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército; esta afirmación dirigida a una persona no cristiana, y en el contexto de un diálogo que pareciera ser confesional (una discusión teológica sobre los modos del perdón) tendría, además de su falta y descontextualización, un contenido desjerarquizador y excluyente y, por tanto, discriminatorio; haber recomendado a una persona de religión judía la lectura de la obra El mercader de Venecia, tenida como ejemplo paradigmático de literatura antisemita, reviste un carácter ofensivo”.
El dictamen afirma que Jaunarena no consideró pertinente la aplicación de las leyes antidiscriminatorias a este caso de referencia pero “su opinión pareciera fundarse en el resultado positivo de las reuniones que (Brinzoni) mantuviera con diversos representantes de la colectividad judía argentina, y no en el análisis concreto del agravio llevado a su consideración y las consecuencias que el mismo podría tener para el Estado Nacional”. Sobre el descargo de Brinzoni, agrega que “si bien pareciera tener el loable propósito de remediar el agravio, no resulta suficiente como justificación”. Al analizar la cita de la obra de Shakespeare, recuerda que Brinzoni eligió “párrafos inmediatamente anteriores a las invectivas antisemitas del texto, lo cual vuelve incongruente y altamente improbable la posibilidad de que el contenido discriminatorio de la cita aludida fuera producto del error o la ignorancia”. En un país serio, el ministro acataría la recomendación del INADI y asentaría el dictamen en el legajo de Brinzoni, y el Jefe de Estado Mayor del Ejército presentaría su solicitud de pase a retiro.