Miércoles, 24 de diciembre de 2014 | Hoy
EL PAíS › DIEZ REPRESORES FUERON CONDENADOS EN TUCUMáN EN LA CAUSA SOBRE EL PENAL DE VILLA URQUIZA
Se aplicaron penas que van de los ocho años a prisión perpetua por los delitos de secuestros, torturas, violaciones sexuales y homicidios. La causa abarcó los casos de 39 víctimas que estuvieron encerradas en el “pabellón de la muerte” de la cárcel tucumana.
Por Ailín Bullentini
El Tribunal Oral Federal de Tucumán condenó ayer a los 10 imputados en la megacausa “Villa Urquiza” por secuestros, torturas, violaciones sexuales y homicidios cometidos durante la última dictadura cívico-militar. Tres de la decena de genocidas recibieron prisión perpetua. Esos delitos, cometidos contra 39 hombres y mujeres que fueron secuestrados y encerrados en el “pabellón de la muerte” del Penal de Villa Urquiza, fueron considerados por los jueces Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla, Gabriel Eduardo Casas y Juan Carlos Reynaga delitos de lesa humanidad.
La mayoría de los represores que fueron juzgados son ex miembros del Servicio Penitenciario de la provincia. Tres de ellos, Juan Carlos Medrano, Pedro García y Héctor Valenzuela, recibieron la pena más alta: prisión perpetua. Daniel Alvarez recibió 25 años de cárcel; Angel Audes, 20; Augusto Montenegro y Federico Ledesma, 16; Santos González, 12. El ex militar Jorge Lazarte deberá permanecer encerrado 18 años, mientras que el ex policía Ricardo Albornoz, ocho. Ambos ya cuentan con una condena por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía provincial, un detalle de gran valor tanto para las querellas –la de la Secretaría de Derechos Humanos, la de la asociación de ex Presos Políticos local y algunas víctimas particulares– como para la Fiscalía: las partes señalaron que la presencia, en el Penal de Villa Urquiza, de personal que tuvo participación activa en Jefatura, lo ubica en conexión con otros escenarios del terrorismo de Estado.
“Estamos bastante conformes con la sentencia no sólo por las penas, que fueron importantes para los delitos analizados, sino porque por orden del Tribunal los responsables deberán cumplirlas en una cárcel común”, evaluó Julia Vitar, abogada querellante de la familia de Jorge Kofman, uno de los tres desaparecidos que integran la nómina de víctimas. Albornoz, Lazarte, Alvarez y Valenzuela, Audes, Montenegro, Medrano y Ledesma permanecían con prisión preventiva. Los últimos cuatro la cumplían desde su casa. García y González estaban en libertad. Todos, a partir de hoy, deberán cumplir su condena en el mismo lugar en donde cometieron los delitos por los que fueron declarados culpables: el penal de Villa Urquiza.
En Tucumán, el terrorismo de Estado empezó en 1975, con el Operativo Independencia. Muchos de los hombres y mujeres detenidos en el marco de aquella cacería de militantes fueron a parar al penal de Villa Urquiza. Para ellos, la dirección de aquel sitio destinó un pabellón especial, el E, y las condiciones de estadía endurecieron. Para 1976, fue el infierno. Entonces, el pabellón E pasó a llamarse “pabellón de la muerte”: los días pasaban a oscuras, los presos debían permanecer desnudos, la comida rara vez pasaba de un caldo sin gusto, cuando la había. La mayoría de los detenidos que pasaron por allí y sobrevivieron, declararon en el juicio que culminó ayer.
El tribunal consideró probados casi cuatro decenas de encierros ilegítimos y aplicación de tormentos. En el caso de Juan Carlos Suter, esos vejámenes culminaron en homicidio; en los de Alberto Ferreyra, Jorge Kofman y Tajan Ascencio, en desaparición forzada –calificadas como homicidio–, según consideraron los jueces. También confirmaron el asesinato de José Cayetano Torrente, a quien un testigo presencial vio cómo un grupo de guardiacárceles lo degollaba en mayo de 1976. En ese entonces, las autoridades del penal difundieron que Torrente había muerto en un motín y así fue reproducido por los medios.
Varios condenados fueron encontrados culpables del abuso sexual a una mujer que prefirió reservar su identidad. Pero el TOF no se cernió a ese caso, sino que fue más allá y declaró, en un apartado específico de su fallo, “que las mujeres alojadas en la Unidad Penitenciaria de Villa Urquiza, conforme a los testimonios vertidos en la audiencia de debate, fueron víctimas de actos que según la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, constituyen formas de violencia contra la mujer”.
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