Domingo, 14 de agosto de 2016 | Hoy
EL PAíS › JUSTIFICARON EL CRITICADO FALLO Y REVELARON SU NOMBRE
Los integrantes del tribunal que condenó a ocho años de prisión a la joven “Belén”, a quien responsabilizaron por la muerte de su bebé en un baño de un hospital público de la capital tucumana, defendieron su fallo y denunciaron que el caso fue “politizado”. En medio del rechazo de distintos sectores que se movilizaron para exigir la liberación de la joven y a pesar de una exhortación de la ONU para revisar la sentencia, los jueces puntualizaron que el tribunal aplicó “la doctrina que la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó en el caso de la jujeña Romina Tejerina”, quien mató a su beba poco después de dar a luz. Belén siempre adujo que sufrió un aborto espontáneo y fue víctima de maltratos en el hospital de Tucumán donde se atendió. La causa tiene una serie de contradicciones e irregularidades: la más sobresaliente es que no hay ninguna prueba que vincule a la joven con el feto por cuyo “homicidio” se la condenó.
Desde que se hizo público el caso, la muchacha pidió la reserva de su identidad por lo que el caso pasó a ser conocido como “Belén”. Pero los jueces ahora tampoco tuvieron en cuenta ese derecho innegable: en declaraciones a un medio local dijeron que no entienden por qué, luego del fallo condenatorio, la sociedad pasó a llamar con otro nombre a la mujer que en marzo de 2014, cuando ocurrió el incidente, tenía 28 años e hicieron público su nombre, que este diario seguirá manteniendo en reserva para proteger la privacidad de la joven.
“Juzgamos a (aquí incluyeron el nombre completo de la mujer) en un debate oral y público. No hay razón alguna para preservar la identidad de la acusada, que no es menor de edad ni fue víctima de delitos sexuales”, sostuvieron los jueces Dante Ibáñez, Rafael Macoritto y Fabián Fradejas en un reportaje que publicó ayer el diario La Gaceta. Así, los magistrados justificaron además su sentencia, frente a las críticas del Comité de Derechos Humanos de la ONU, organizaciones sociales y dos dictámenes de Edmundo Jiménez, jefe de los fiscales y defensores oficiales, que cuestionaron el proceso. Ahora, la Corte Suprema de Tucumán deberá revisar la prórroga de la prisión preventiva y la condena a ocho años de prisión por el “homicidio” de su bebé.
“Aplicamos la doctrina que la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó en el caso de la jujeña Romina Tejerina, donde la imputada alegó que el bebé había sido producto de una violación”, advirtió Ibáñez. Maccorito, en tanto, explicó: “Los testimonios e informes nos permitieron llegar a la certeza de que había nacido un niño con vida; que el deceso se produjo por un traumatismo encéfalo craneal y que el cordón umbilical había sido cortado por desgarro, a partir de un tironeo, cuyas terminaciones coincidían con el pedazo de cordón hallado en el cuerpo de la imputada”.
En la madrugada del 21 de marzo de 2014, en la guardia del hospital Avellaneda, en Tucumán, la acusada desconoció el embarazo y el cuerpo sin vida del niño que se encontraba en un retrete del baño del establecimiento. En su defensa, aseguró haber tenido un aborto espontáneo cuando fue a hacerse atender a ese centro asistencial por fuertes dolores estomacales desconociendo que estaba embarazada, tal como figura en su historia clínica.
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