Domingo, 15 de abril de 2007 | Hoy
EL PAíS › SALARIOS, LIBERTAD DE EXPRESION Y JUSTICIA
El lunes, Kirchner lanzó tremebundas acusaciones contra La Nación. El miércoles, el Procurador Righi dictaminó a favor de ese diario, condenado por la Cámara Civil. Se reafirman así la libertad de expresión y la independencia judicial, en momentos en que avanzan las negociaciones salariales en paritarias que no pueden seguir negándose a los trabajadores estatales de Santa Cruz. La campaña de Macri sobre ruedas. Test de congruencia para la Iglesia Católica.
Por Horacio Verbitsky
El lunes 9 el presidente Néstor Kirchner dijo desde la Casa de Gobierno que el editorial publicado por el diario La Nación al día siguiente del asesinato de Darío Santillán y Maximiliano Kosteki, había fundado lo que llamó “la Doctrina de la Seguridad Nacional bis”. Agregó que ese diario “siempre está con aquellos intereses que han perjudicado globalmente al país”. El miércoles 11 el Procurador General designado por Kirchner, Esteban Righi, envió a la Corte Suprema de Justicia su dictamen sobre el caso “Patitó vs. La Nación”: recomendó revocar la condena de primera y de segunda instancia por otro editorial, éste publicado en 1998, cuando el presidente aún era Carlos Memen. Dados los antecedentes de los siete miembros de la Corte Suprema de Justicia, cuatro de ellos también designados por Kirchner, es poco dudoso que compartirán la decisión de Righi, aunque también es previsible que lo hagan por sus propios fundamentos, dado que el Procurador eludió cualquier referencia a las numerosas decisiones sobre el tema del sistema interamericano de protección a los derechos humanos. Muchos medios y organizaciones destacaron la declaración de ADEPA que considera agraviantes las opiniones presidenciales sobre medios y periodistas, pero ignoraron este dictamen que realza al mismo tiempo la libertad de expresión y la independencia judicial, dos valores centrales de la democracia que no siempre abundaron en el país.
Derechos en pugna
Un juez civil y los camaristas de apelación habían condenado al diario La Nación, en una causa iniciada por varios integrantes del Cuerpo Médico Forense de los tribunales de la Capital, a raíz de un editorial. El Procurador reafirma precedentes de la propia Corte Suprema: si se trata de opiniones, críticas y pensamientos y se refieren a cuestiones públicas “no pueden ser limitadas prácticamente en modo alguno”, porque lo contrario “impediría la existencia de un proceso de discusión indispensable para el mejoramiento del manejo de las cuestiones públicas”. En cambio, podrían merecer reparación civil las “afirmaciones sobre hechos”, si fueran lesivas para el honor. Buena parte del dictamen se dedica a discernir entre informaciones y opiniones. Las informaciones verdaderas no generan ninguna responsabilidad y a las falsas se les aplica la doctrina de la real malicia, tal como fue expresada hace casi medio siglo por la Corte Suprema estadounidense. Las opiniones, ideas, juicios de valor, juicios hipotéticos y conjeturas no son verdaderas o falsas, y para asegurar el libre debate democrático deben quedar siempre impunes. El editorial juzgado opina pero también informa, sobre hechos que en el momento en que se escribió parecían verosímiles, aunque la posterior investigación judicial haya indicado otra cosa. Los camaristas consideran que la libertad de prensa “no configuraría una garantía hegemónica respecto de todos los otros derechos” y que todo daño al honor “debería ser indemnizado conforme a los principios generales de la responsabilidad civil”, es decir “lo contrario a lo establecido por la doctrina de la real malicia”, según la cual “las reglas del derecho civil de daños no se aplican, aunque haya existido un daño efectivo al honor, si esa aplicación puede perjudicar el margen del ejercicio futuro de la libertad de prensa”. La Cámara Civil consideró que La Nación había vertido “un juicio de valor apresurado e inoportuno en un momento en que la justicia investigaba un hecho y el magistrado aún no se había pronunciado”. Este criterio, que sólo permitiría informar sobre temas controvertidos una vez que hubiera un fallo judicial, aniquilaría el derecho a conocer y el debate, esenciales a la democracia. Righi descalificó esa pretensión con una cita del Tribunal Constitucional alemán: “En principio, la libertad de opinión, en lo que hace a afirmaciones de hecho falsas, cede ante el derecho de la personalidad. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que la verdad, en el momento en que se produce la expresión, con frecuencia es insegura y que se establece recién como resultado de un proceso de discusión o proviene de una aclaración en los tribunales. Si en razón de esa circunstancia, la afirmación que posteriormente se determina como no verdadera debiera ser cubierta siempre con sanciones, surgiría el temor de que el proceso de comunicación padezca, porque sólo podrían ser expresadas sin riesgo verdades ya inconmovibles. Con ello iría ligado un efecto intimidante respecto del uso del derecho fundamental, que en razón de la libertad de opinión debe ser evitado”. Según el ex Relator Especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (CIDH), Eduardo Bertoni, el dictamen de Righi “interpreta la legislación argentina con argumentos similares a los estándares más respetuosos del ejercicio de la libertad de expresión ya plasmados por tribunales internacionales u otras cortes locales. Queda ahora en manos de la Corte la decisión final, pero nada hace pensar que, dado sus antecedentes en esta materia, cambie sustancialmente la opinión del Procurador. Sin embargo, sería deseable que estos argumentos inspiren de una vez por todas a los legisladores, de manera que el ejercicio de la libertad de expresión quede protegido por leyes que claramente así lo dispongan”. La semana pasada la CIDH envió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso del periodista Eduardo Kimel, condenado por la Corte Suprema en 1998 debido a su investigación sobre la masacre de los sacerdotes palotinos durante la dictadura. La Corte Interamericana, cuyas decisiones son obligatorias, podrá saldar así esa deuda, que también alcanza al Poder Ejecutivo, que se comprometió ante la CIDH a sancionar el proyecto elaborado por la ahora disuelta asociación “Periodistas”.
Cotillón electoral
El editorial de La Nación que leyó Kirchner el lunes, titulado “Del piquete a la tragedia”, cuestionaba como hechos de violencia inconstitucionales los cortes de rutas, frente a los cuales “no parece sensato hablar de represión indiscriminada cuando las imágenes de la televisión mostraron a los manifestantes de Avellaneda en una actitud francamente hostil” y exhortaba a que “desde distintos sectores de la sociedad y desde la Justicia no se insista en equivocados criterios –como los expuestos con motivo de los trágicos incidentes en la Plaza de Mayo, en diciembre último– por los cuales quienes actúan conforme con la ley terminan siendo castigados por cumplir con su deber, mientras que los generadores de los desórdenes no reciben sanción alguna”. El editorial agregaba que si el corte de rutas “es seguido por una negociación con sus promotores y por concesiones ante sus reclamaciones, sólo cabe esperar que su metodología violenta se convierta en sistemática”. Kirchner opinó que “cuando aparecieron las fotos de esos chicos, que fueron masacrados, tuvieron que cambiar rápidamente toda esa teoría, que justificaba la represión terrible que se dio en Avellaneda”.
El presidente intervino así en el debate instalado por el gobernador de Neuquén, Jorge Sobisch, quien se jacta de su orden de impedir el corte, en cuyo cumplimiento el policía Darío Poblete reventó la cabeza del maestro Carlos Fuentealba con una granada de gas lacrimógeno que disparó desde una distancia de entre dos y siete metros. Como Carlos Rückauf en 1999, Sobisch cree que los proyectiles son parte del cotillón electoral. Esa no es una exclusividad de la derecha pura y dura: también Aníbal Ibarra y Felipe Solá usaron imágenes de patrulleros como argumento electoral, por temor a que Macri y Luis Patti los desbordaran, y hasta Kirchner permitió que el Congreso sancionara las insensatas leyes del “ingeniero” Juan Blumberg. En su mensaje del lunes, Kirchner recordó las críticas que recibió por ser permisivo con la conflictividad social y dijo que repudiaba la violencia y defendía el monopolio estatal de la seguridad pero “con responsabilidad, para garantizar que los argentinos podamos convivir y que todos nos podamos expresar”. Agregó que aquella era “la tensión de la exclusión y ahora vamos a vivir la tensión del crecimiento”, dado que “la Argentina empieza a recuperarse” y los distintos sectores pugnan por una mejora en la distribución del ingreso, que “es natural en democracia”.
La prueba de la calle
Esa tensión se expresa también en Santa Cruz, la provincia que Kirchner gobernó durante la década previa a su elección presidencial, y esto somete las doctrinas emitidas desde la Casa Rosada a la praxis de las calles y de los edificios públicos patagónicos. Un problema adicional pero no menor es que debido a la renuncia de Sergio Acevedo, Santa Cruz está en manos de un administrador sin relevancia política, por lo que el peso de las decisiones recae en forma directa sobre Kirchner. La conciencia de cuánto pone allí en juego el gobierno nacional aviva la imaginación de los actores provinciales y de sus contactos nacionales. Ante el desafío que planteó la ocupación de la Legislatura, el gobierno ratificó sus postulados y logró el desalojo sin siquiera un forcejeo. Pero el reclamo es de una lógica apabullante: desde 1993 los trabajadores provinciales no pueden discutir sus salarios en paritarias, suspendidas por una ley de emergencia que siguió vigente mucho más allá de lo razonable. Su derogación no puede demorar demasiado, por parte de un gobierno que ha habilitado en todo el país ese sistema de negociación y que lo exhibe como un camino democrático y pacífico para la canalización de las diferencias de intereses en un período de notable crecimiento. Tampoco es posible eternizar la ocupación de las escuelas por gendarmes y prefectos para impedir que sean tomadas como la Legislatura. Por más que no porten armas y que su número sea reducido, su anómala presencia allí es una contradicción ostensible con la conducta que el presidente defiende en contra de los partidarios del palo y los lanzagases. Por más que el gobierno provincial haya incluido a los jubilados en cada aumento a los trabajadores activos, de modo que sus remuneraciones están hoy por encima del mítico 82 por ciento móvil, la congelación del básico en 161 pesos no es admisible. La salida obvia consiste en modificar los porcentajes de enganche de los distintos adicionales en relación con el básico, de modo que una mejora en la base de la pirámide no se convierta en un gran aumento en el vértice, que a su vez actúe como incentivo para reclamos de igual trato en cualquier nivel y en todas las geografías. Pero Kirchner tampoco puede ignorar el efecto que cualquier cambio en la situación de los trabajadores estatales de su minúscula provincia tendría sobre las discusiones salariales que los mayores gremios del país están llevando adelante con los grandes empleadores privados en este momento. Recién cuando se hayan firmado los principales convenios nacionales Santa Cruz tendrá sosiego. Entretanto, seguirá exigiendo serenidad y templanza.
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