SOCIEDAD › EL INADI Y EL ABORTO PUNIBLE EN JUJUY

Un decreto polémico

El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) dictaminó que la ordenanza de la capital jujeña, mediante la cual se condena el aborto aún en los casos no punibles, es “discriminatoria” y “limita derechos fundamentales de las mujeres, reconocidos por la legislación nacional, internacional y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

La ordenanza, que fue sancionada en diciembre de 2013 bajo el número 6569 y promueve a la ciudad como “Pro Vida, en defensa de la vida y de la familia” fue fuertemente resistida por diferentes organizaciones que trabajan sobre temas de género y aborto, que presentaron la denuncia ante el Inadi. “Desde el nombre mismo de la ordenanza se pretende sembrar una dicotomía inexistente: lo que no es pro-vida es pro-muerte y esto no es real”, señaló el interventor del Inadi Pedro Mouratian.

Añadió que “estamos profundamente comprometidos con la vida de las miles de mujeres, en su gran mayoría pobres, que mueren por año al tener que acceder a la práctica de un aborto en la más absoluta precariedad”.

Por su parte, la delegada del Inadi de Jujuy, María Meyer, expresó a Télam que “el dictamen consideró que esta ordenanza es discriminatoria en los términos de la ley 23.592, ya que limita derechos fundamentales de las mujeres previstos no sólo en la legislación nacional, sino también en la legislación internacional y contradice el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

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