SOCIEDAD › OPINION

Una deuda saldada

Por Enrique Oteiza *

A partir de los prolegómenos del proceso de organización nacional, la política inmigratoria ha ocupado siempre un lugar destacado en la Argentina. De la decisión política de apertura a la inmigración masiva, preferentemente de origen europeo, plasmada en un marco legal de tipo liberal, se pasó a comienzos del siglo XX a una orientación dirigida al control político-ideológico de los extranjeros. Las elites tradicionales de poder, al constatar que algunos inmigrantes traían una cultura de participación en movimientos sindicales o políticos que propendían a la transformación de la sociedad, promulgaron en 1902 la Ley de Residencia. Esta norma, vigente hasta 1985, facultaba al Ejecutivo a privar de la libertad o expulsar a cualquier extranjero que a su juicio constituyera una amenaza a la paz social o política. Posteriormente, la ley Videla promulgada en 1980, y derogada recién el miércoles pasado, enfatizó este poder discrecional del Estado hacia los extranjeros. Ambas leyes negaron a los inmigrantes el derecho fundamental de acceder a la justicia, negándoles derechos constitucionales básicos.
Es por este motivo que puede decirse sin exagerar que la derogación de la ley Videla y la promulgación de una nueva ley, que satisface plenamente la protección de los derechos humanos de los inmigrantes, constituyen un hecho histórico. Es importante destacar que este logro fue posible gracias a la conjunción de una orientación político-gubernamental dispuesta a impulsar una mayor democratización de nuestra sociedad, del trabajo sistemático de organismos de derechos humanos y de colectividades. La tarea desempeñada por la Comisión de Población de la Cámara de Diputados de la Nación, bajo la conducción de su presidente, el diputado Rubén Giustiniani en la redacción del excelente proyecto de ley, el apoyo irrestricto del Ejecutivo, en particular del ministro del Interior, Aníbal Fernández, y del director de Migraciones, Ricardo Rodríguez, contribuyeron también de manera decisiva a la sanción de la nueva ley.
Habiéndose dado este paso fundamental resta realizar un trabajo complementario cuya importancia no debe minimizarse. Dadas las condiciones favorables existentes, es posible la elaboración y aprobación de un “decreto reglamentario” que garantice el cumplimiento de lo que la ley establece. Puede esperarse asimismo que se encaren las transformaciones necesarias del organismo de aplicación de la nueva ley, institución muy marcada por la pesada herencia instaurada a partir de la Ley de Residencia.

* Titular del Inadi.

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