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La restitución como riesgo

La Corte Suprema confirmó que un chico de 13 años que vive con su madre en Lanús no debe ser restituido a su padre, residente en Barcelona, por el “grave riesgo” que significaría su regreso a España, donde nació y vivió hasta 2012. El tribunal consideró “inadmisible” el planteo de restitución, y se remitió al dictamen de la fiscalía bonaerense, que tuvo en cuenta la voluntad del adolescente, nacido en febrero de 2003 en el municipio de Mataró. Cuando el padre y la madre del chico se separaron, firmaron un documento que reconocía la tenencia a la mujer y señalaba, para viajar al exterior, el chico debía contar con la autorización expresa del padre. En septiembre de 2012 la mujer y el niño viajaron a la Argentina para “visitar a familiares”, pero no regresaron dentro del plazo convenido y el padre inició un juicio de “reintegro de hijo”.

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