Martes, 30 de octubre de 2007 | Hoy
SOCIEDAD › PROCESADO POR MANEJAR EBRIO, PUEDE SEGUIR AL VOLANTE
Un hombre que fue procesado por producir un accidente de tránsito mientras manejaba borracho podrá llegar conduciendo a los tribunales donde se realizará su juicio oral, ya que, pese a confirmar su procesamiento, la Cámara del Crimen revocó el fallo que –como consecuencia de la colisión que causó– le había prohibido ponerse al volante.
Si bien el procesado no sólo fue denunciado por las dos personas que viajaban en el vehículo que chocó, sino que hasta quienes lo acompañaban sostuvieron que estaba borracho, la Sala Uno de la Cámara argumentó que la medida que no le permitía al imputado manejar es “contraria a la Constitución Nacional, dado que mediante su dictado se afecta el principio de inocencia del que goza toda persona”.
El choque en cuestión ocurrió el 26 de noviembre del año pasado en el cruce de la avenida Jujuy y la calle Cátulo Castillo, cuando la camioneta que conducía el imputado embistió a un automóvil. Como consecuencia, las dos ocupantes del vehículo que recibió la colisión resultaron heridas. “Se encontraba borracho y pasaba los semáforos en rojo”, afirmaron las tres personas que acompañaban al imputado en aquella ocasión, cuando les preguntaron los motivos del accidente.
También aseveraron que, apenas generada la colisión, el hombre “abordó un taxi y se retiró del lugar sin comprobar el estado de salud de sus acompañantes, así como tampoco de las dos mujeres” que estaban en el otro vehículo. Ese panorama fue el resultado sólo de los testimonios de quienes iban con el procesado, sin tener en cuenta la denuncia de las dos afectadas principales, que como consecuencia del golpe sufrieron heridas.
Al sumar a esa base de testimonios el de las mujeres cuyo vehículo fue chocado, el conductor quedó procesado en primera instancia por “lesiones culposas”, se le notificó el embargo de sus bienes por 100 mil pesos y se le suspendió provisoriamente la habilitación para conducir automóviles por el término de seis meses, que luego podía ser extendido.
La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento, por lo que el conductor deberá afrontar un juicio oral y público. Sin embargo, en una decisión firmada por los jueces Jorge Rimondi y Gustavo Bruzzone, el mismo tribunal revocó la prohibición de manejar y declaró la nulidad del embargo, por entender que no fue debidamente fundamentado por el juez de primera instancia.
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