16:31 › MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA

Perpetua para tres represores por la desaparición de Ragone

El Tribunal Oral Federal de Salta dictó la pena máxima para el extitular de la guarnición militar local, Carlos Mulhall, el excomisario de la Policía, Miguel Gentil, y el exjefe de Seguridad de la fuerza, Joaquín Guill, acusados del secuestro y desaparición del exgobernador Miguel Ragone, ocurrido el 11 de marzo de 1976. En tanto, los expolicías Pedro Javier Herrera y Raúl Nelson Herrera fueron condenados a dos años de prisión condicional. Quedaron absueltos, por "el beneficio de la duda", el exvocero de la Triple A, Jorge Héctor Zanetto, y el expolicía Andrés del Valle Soraire.

La desaparición de Ragone ocurrió a metros de su domicilio, cuando se dirigía al Hospital San Bernardo, donde trabajaba como médico. Y en el proceso que abrió por ese hecho también se investigó el homicidio del comerciante Santiago Arredes y las lesiones sufridas por Margarita Martínez de Leal. El juicio duró seis meses, pasaron casi un centenar de testigos y la lectura de la sentencia fue presenciada por varios integrantes de organizaciones de derechos humanos, que organizaron un acto en el Archivo Nacional de la Memoria en la capital salteña.

Los defensores de los imputado habían pedido la absolución de todos porque, en su criterio, la desaparición de Ragone “no pueden ser considerada de lesa humanidad”, por haber sucedido antes del golpe de Estado. Por su parte, la querella coincidió pedir para Mulhall, Gentil, Guill y Soraire (que finalmente fue absuelto) la pena de prisión perpetua. En tanto, a Zanetto (libre, también) lo acusaron de coacción agravada.

Los tres condenados a perpetua fueron considerados autores mediatos penalmente responsables de la comisión de los delitos de "homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en perjuicio de Miguel Ragone". Además, fueron condenados por el "homicidio doblemente agravado con el propósito de ocultar otro delito, asegurar su resultado y lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más personas, en perjuicio de Santiago Arredes", y del mismo delito pero en grado de tentativa en perjuicio de Margarita Martínez de Leal.

Los jueces declararon estos delitos de “lesa humanidad” y mantuvieron la modalidad de cumplimiento de la prisión vigente, y decidieron condenar a los ex policías Pedro y Nelson Herrera "a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional", por ser autores materiales penalmente responsables de la comisión de los delitos de "incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento".

El octavo imputado en la causa era el ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, pero el 1º de junio fue separado del proceso por razones de salud, ya que en mayo fue intervenido quirúrgicamente por una afección cardíaca.

La audiencia comenzó pasadas las 10, cuando el tribunal le dio la posibilidad a los siete imputados en la causa de hacer uso de la palabra, pero luego de la negativa a utilizar ese derecho, se pasó a un cuarto intermedio. El encuentro se reanudó pasadas las 12.30, ante la presencia del gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey; los familiares de Ragone encabezados por la viuda, Clotilde de Ragone; funcionarios provinciales y municipales y una importante cantidad de público y militantes de organizaciones de derechos humanos.

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