15:34 › DERECHO A DECIDIR

La Corte autorizó el aborto no punible

El máximo Tribunal resolvió anular la medida cautelar interpuesta por la jueza Myriam Rustán de Estrada, apartada del caso por ordenar la suspensión de la operación a una mujer víctima de una red de trata que resultó embarazada durante su cautiverio, y advirtió a las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires que ante el pedido de un aborto no punible "deberán proceder a la realización de la práctica prescindiendo de la resolución judicial que suspendió su realización".

En su resolución, la Corte (con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay) señaló que “frente a lo decidido por esta Corte sobre la base de la interpretación de textos constitucionales e infraconstitucionales en la sentencia dictada en la causa F. 259.XLVI ‘F.A.L. s/ medida autosatisfactiva’, sentencia del 13 de marzo de 2012 (voto de la mayoría), la medida que se adoptará es la demostración más concluyente del modo en que ha de realizarse por los poderes judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhortación dada por el Tribunal para que se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles”.

Más temprano, el magistrado Miguel Ricardo Güiraldes, a quien se le asignó la continuidad del trámite judicial, hizo lugar a las apelaciones presentadas contra la decisión original, y elevó el expediente a la Cámara Nacional en lo Civil para que resuelva los recursos de apelación.

La mujer, de 32 años y madre de tres hijos –el mayor de 18 años–, dejó ayer el Hospital Ramos Mejía, donde estaba programado el aborto para ser realizado el martes, y fue trasladada a un refugio para víctimas de trata para protegerla, dado que recibió amenazas de las redes mafiosas que la mantuvieron cautiva en los últimos meses y de las cuales pudo escaparse.

Cuenta con el apoyo y la asistencia de un equipo de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que encabeza Zaida Gatti.

En su fallo del 13 de marzo, conocido como “F.A.L.”, la Corte Suprema confirmó la constitucionalidad del aborto en casos de violación y señaló que no se debe pedir una autorización judicial a la mujer que lo solicita y que sólo basta con que presente una declaración jurada para acceder a la práctica en un hospital.

En tanto, ayer, legisladores de la Ciudad de Buenos Aires y comuneros presentaron una demanda penal contra el jefe del Gobierno porteño, Mauricio Macri, por incumplimiento de deberes de funcionario público y por revelar un secreto (contemplado en el artículo 157 del Código Penal), al haber dado a conocer, durante una cena empresarial, detalles del aborto no punible.

La presentación judicial fue realizada ante la Cámara del Crimen por los legisladores Laura García Tuñón, María Elena Naddeo, Gabriela Alegre, Gabriela Cerruti, Alejandro Bodart y Francisco Nenna, la titular de CTERA, Estela Maldonado, la exdiputada Cecilia Merchán y representantes de las comunas.

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