Martes, 15 de octubre de 2013 | Hoy
17:12 › AL OTRO LADO DEL RíO
El canciller Héctor Timerman le envío una nota a su par uruguayo, Luis Almagro, en la que advierte que el permiso de aumento en la producción de la pastera es una "interrupción unilateral" que "constituye una nueva violación" del Estatuto del Río Uruguay y resalta que la autorización se hace sobre la "constatación del incumplimiento" por parte de la planta UPM de los estándares establecidos. La Cancillería exigió que el gobierno uruguayo deje sin efecto el decreto que habilitó el incremento en la producción o en caso contrario recurrirá a la Corte Internacional de La Haya.
En la carta enviada a Almagro, Timerman se refirió a la decisión tomada por el gobierno de José Mujica el pasado 2 de octubre que se concretó mediante una resolución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), en la que autorizó el aumento del volumen de producción máxima anual de la planta de UPM (exBotnia).
El documento señala que "tal medida constituye una ruptura unilateral del mecanismo de información y consulta previas establecido en los artículos 7 a 12 del Estatuto del Río Uruguay de 1975, el cual se encontraba en pleno desarrollo, luego de haber sido puesto en marcha por el Uruguay en el marco del citado artículo 7".
En ese sentido, la Cancillería lamentó que el gobierno uruguayo "a pesar de los requerimientos formulados a diferentes niveles y hasta muy recientemente, haya adoptado esta medida".
"Esta interrupción unilateral constituye una nueva violación por parte del Uruguay de sus obligaciones que emanan del Estatuto del Río Uruguay y que la Corte Internacional de Justicia tuvo oportunidad de precisar en su fallo del 20 de abril de 2010", insiste.
Además, la nota explica que "dicha autorización se inscribe también en la constatación del incumplimiento por parte de la planta de UPM (ex Botnia) de los standards establecidos pertinentemente y que se verán agravados si la autorización de aumentar la producción se implementara".
Luego de estos argumentos, el documento señala que "el Gobierno argentino reclama que, de inmediato, el Gobierno uruguayo deje sin efecto la Resolución del MVOTMA arriba referida, produzca la información complementaria pendiente, solicitada reiteradamente por la Delegación argentina ante la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), y se atenga al procedimiento de información y consulta previas previsto en los artículos 7 a 12 del Estatuto del Río Uruguay".
Y advierte: "De no proceder así el Uruguay, la Argentina considerará que la controversia que ha surgido no puede resolverse por la vía de negociaciones y se verá obligada a poner en marcha el procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia previsto en el artículo 60 del Estatuto del Río Uruguay".
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