Viernes, 12 de diciembre de 2014 | Hoy
13:34 › FELIZ AGUINALDO
El decreto 2354 del Poder Ejecutivo establece que el beneficio "tendrá efectos exclusivamente para la segunda cuota del sueldo anual devengado en el año 2014 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual entre los meses de julio a diciembre de 2014 no supere la suma de 35 mil pesos".
De esta manera, el gobierno nacional oficializó la decisión de exceptuar al medio aguinaldo del Impuesto a las Ganancias, de manera extraordinaria y por única vez. El decreto, firmado por la Presidenta, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el ministro de Economía, Axel Kicillof, señala que “el beneficio derivado de lo dispuesto precedentemente deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a las remuneraciones devengadas en el mes de diciembre del año 2014” y que “los sujetos que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto “Beneficio Decreto N° 2354/14”.
En los considerandos se destaca "que es política permanente del Poder Ejecutivo Nacional instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".
Además, se subraya que la medida adoptada por única vez "es posible gracias a un responsable manejo de las finanzas del Estado Nacional, tanto respecto de sus ingresos como de sus gastos".
Al realizar el anuncio la semana pasada, Cristina Kirchner había anticipado que la medida, similar a la aplicada en forma idéntica en 2012 y 2013, beneficiará a 784 mil asalariados.
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