PAMI deberá informar sobre el destino de la pauta

La Corte Suprema ordenó al organismo de prestación social brindar la información que fue requerida por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) para conocer el monto del presupuesto de 2009 en publicidad oficial y la distribución de los fondos destinados a ese propósito en mayo y junio del mismo año. El máximo tribunal señaló que "pesa sobre el Estado el deber de informar y que los ciudadanos tienen el derecho de conocer la manera en que sus gobernantes se desempeñan".

De esta manera, la Corte basó su decisión en el derecho constitucional que tiene todo ciudadano de acceso a la información pública y desistimó el recurso extraordinario que había presentado el PAMI, según informó el Centro de Información Judicial.

El PAMI había apoyado su rechazo a brindar la información requerida al entender que el decreto 1172/03, que regula el acceso a la información pública, no les es aplicable ya que se refiere a las instituciones que forman parte del Estado, mientras que el organismo posee personalidad jurídica e individualidad financiera legalmente diferenciada.

Sin embargo, la Corte consideró que el pedido de la ADC “resulta razonable y deriva del derecho de acceso a la información pública que tiene todo ciudadano de conformidad con los artículos 1, 14, 16, 31, 32, 33 y art. 75, inciso 22, de la Constitución Nacional”.

Además, el alto tribunal indicó que el decreto 1172/03 alcance al PAMI “con fundamento en la naturaleza jurídica de la institución y relevancia de los intereses públicos gestionados y en la indudable interrelación de este último con el Estado Nacional”.

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