Viernes, 25 de enero de 2013 | Hoy
ECONOMíA › LOS BANCOS DEBERAN DETALLAR LOS CARGOS DE LOS SERVICIOS QUE OFRECEN
El Banco Central aprobó una normativa que obliga a las entidades a difundir los costos de sus distintos servicios de manera online para que el usuario pueda comparar los de cada empresa de manera sencilla.
El Banco Central aprobó ayer una serie de medidas que obligan a los bancos públicos y privados a dar a conocer en forma online información relevante para el consumidor, como los precios de los productos, cargos de distintas operaciones, comisiones y tasas de interés. También tendrán un plazo máximo de 20 días para resolver los reclamos de los usuarios. El objetivo es que el sistema sea transparente, afirman desde la entidad, y que el usuario pueda comparar los servicios de cada empresa de manera sencilla. A partir de la reforma de la Carta Orgánica, el BCRA adquirió más facultades para regular a los bancos.
El directorio del organismo monetario decidió que las entidades cuenten con un servicio de atención al usuario de servicios financieros, que debe tener un funcionario responsable. Ese servicio “deberá tramitar y dar respuesta a presentaciones, consultas y reclamos efectuados ante la respectiva entidad”, indica el BCRA. “El usuario de servicios financieros tendrá derecho a efectuar el seguimiento de su presentación. A tal fin, la entidad le deberá informar el estado del trámite cada vez que lo requiera”, agrega. A partir de las nuevas normas, las entidades deberán informar en sus páginas web y en sus sucursales la existencia del servicio de atención al usuario, el nombre del responsable y las alternativas para contactarlo. Ante la falta de respuesta satisfactoria a los reclamos por parte de las entidades, los usuarios podrán recurrir al BCRA.
Por otro lado, la entidad ahora obliga a los bancos a publicar en sus páginas de Internet todos los costos, cargos, gastos, seguros, comisiones, tasas de interés y todo otro concepto que se cobre a los usuarios por los diferentes servicios y productos comercializados. Además, cualquier modificación en las comisiones y cargos de servicios y productos deberán informarla al BCRA con 90 días de antelación. Antes de esta norma, las firmas debían dar a conocer frente a sus usuarios las modificaciones 60 días antes de ser introducidas. Recientemente, el Banco Central fijó en un 15 por ciento el aumento promedio autorizado para los servicios bancarios.
Frente a un incumplimiento, el BCRA aplicará las sanciones previstas por la Ley de Entidades Financieras, desde un “llamado de atención” hasta la revocación de la autorización para funcionar. Por último, la normativa obliga a los bancos y casas de cambio “a facilitar el acceso de personas con movilidad reducida, así como proveer servicios en cajeros automáticos a personas con dificultades visuales”.
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