Miércoles, 31 de octubre de 2012 | Hoy
EL PAíS › TRES EX FUNCIONARIOS JUDICIALES PROCESADOS EN CóRDOBA POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD
El juez Daniel Herrera Piedrabuena procesó al ex juez Carlos Otero Alvarez, al ex fiscal federal Antonio Sebastián Cornejo y al ex juez federal Miguel Angel Puga. Dictó la falta de mérito de dos ex defensores oficiales.
Por Diego Martínez
Cuatro años después de dictar la primera condena por delitos de lesa humanidad contra Luciano Benjamín Menéndez, el ex juez Carlos Otero Alvarez fue procesado por su propia actuación durante el terrorismo de Estado. Ex secretario de la Justicia federal cordobesa en plena dictadura, denunciado desde el retorno de la democracia, Otero Alvarez podría llegar a juicio por encubrir 86 casos de secuestros y torturas y por su participación secundaria en dos homicidios, entre otros delitos. La resolución del juez riojano Daniel Herrera Piedrabuena, que intervino como subrogante, alcanzó también al ex fiscal federal Antonio Sebastián Cornejo y al ex juez federal Miguel Angel Puga, quienes según el procesamiento “pretendieron asegurar la impunidad de los autores de aberrantes delitos”. Cornejo, Puga y Otero Alvarez están en libertad, pero no pueden salir del país y tienen sus bienes embargados por 200 mil pesos. En la misma resolución, Herrera Piedrabuena dictó la falta de mérito de los ex defensores oficiales Ricardo Haro y Luis Eduardo Molina.
Familiares e HIJOS regional Córdoba recusaron a Otero Alvarez en 2008, antes del inicio del primer juicio a Menéndez y otros siete acusados. El juez Adolfo Zamboni Ledesma y su secretario estaban denunciados desde 1984 en la Conadep por sobreseer sin investigar 31 fusilamientos de presos políticos en la Unidad Penitenciaria 1, entre otros crímenes ordenados por el Tercer Cuerpo de Ejército. El Tribunal Oral Federal Nº 1, que Otero Alvarez compartía con Jaime Díaz Gavier y José Vicente Muscará, rechazó la recusación por “manifiestamente improcedente”. Los jueces minimizaron la responsabilidad del colega y compañero de trabajo con el argumento de que “fue sólo en el marco de su función como secretario penal” y Otero Alvarez pasó a la historia por dictar la primera prisión perpetua contra Menéndez. Ese mismo año, el entonces director de Derechos Humanos de la municipalidad de Córdoba, Luis Baronetto, lo denunció ante el Consejo de la Magistratura. En 2009 Otero Alvarez adelantó su jubilación y logró evitar el jury que podría haberle costado la destitución.
Tres años después, mientras Díaz Gavier se prepara para encabezar el quinto juicio en Córdoba, Otero Alvarez fue procesado por encubrimiento en 86 hechos y como partícipe secundario en dos homicidios calificados, un secuestro, tormentos y un allanamiento ilegal. Los procesamientos del ex fiscal Cornejo y del ex juez Puga son por incumplir sus obligaciones de promover investigaciones penales, como partícipes secundarios en un caso de tormentos, en dos homicidios calificados y, en el caso de Puga, también por una privación ilegítima de la libertad.
Herrera Piedrabuena destacó que la prueba documental es “fiel reflejo de la actitud omisiva, de ‘silencio cómplice’, que fue un común denominador en el Poder Judicial de la Nación de la circunscripción de Córdoba”. El procesamiento enfatizó “la sistematicidad con la que actuaron” los imputados y resaltó que el rol exigible “no era otro que asegurar la vida, la integridad y la dignidad de las personas”. “Los distintos hechos gravísimos investigados hieren, laceran a la humanidad y, por ende, a la razón, puesto que de haberse hecho lo que se debía las víctimas asesinadas, hoy, tal vez no lo estarían”, reflexionó. “Los torturados, los abusados, los maltratados, los privados ilegítimamente de su libertad, tal vez hubieran tenido justicia en su oportunidad”, escribió.
El juez hipotetizó “sólo como justificación” que jueces, fiscales y secretarios “tal vez no podían dimensionar o entender la magnitud de lo que sucedía” y consideró que “el hecho de que sí hubieran puesto en marcha el sistema de garantías para cada una de las víctimas, aun en forma individual, hubiera servido no sólo como límite a los aberrantes delitos que se cometían, sino que habría beneficiado a la sociedad en su conjunto, donde el Poder Judicial de la Nación hubiera actuado como protección ante el poder absoluto, o al menos intentado atemperar las acciones desatadas por el aparato represivo del Estado”. “Hubo una actitud de jueces y funcionarios, y hasta de abogados, que en forma rutinaria y con un esquema mental mecanizado no tuvieron la suficiente actitud para comprender las exigencias que la realidad les estaba marcando, para poder decidir a favor de la vida y la dignidad de las personas”, concluyó.
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