EL PAíS › LOS CAMBIOS QUE PREVE EL ANTEPROYECTO

Un sistema más eficaz

 Por Irina Hauser

Cuando los juristas que redactaron el anteproyecto del Código Penal hablan de “racionalizar las penas”, significa que no habrá aumentos simbólicos de ellas, sólo por aparentar un mayor poder punitivo, ni reducciones que no tengan explicación ni conexión con las conductas en juego. Todo forma parte de un sistema que busca una aplicación más eficaz del castigo frente al delito, que introduce criterios racionales que apuntan a que el Código no sea una ficción, sino una herramienta realista, que limite las arbitrariedades y brinde seguridad jurídica. Por eso incluye penas alternativas y el objetivo del cumplimiento total de una condena, establece un máximo de prisión de 30 años, incluye nuevos delitos (que contemplan la historia y las características de las sociedades actuales), articula delitos dispersos en leyes especiales, incluye el “principio de oportunidad” (un fiscal puede elegir qué investiga en función de una política criminal), exime de castigo en casos insignificantes, deja de lado conceptos estigmatizantes como la reincidencia y la peligrosidad, entre muchas otras cosas.

Se diseñó un sistema de penas alternativas, para que las condenas se cumplan en su totalidad y bajo un mayor control del Estado. Las opciones incluyen detención domiciliaria, de fin de semana, multa reparatoria, prohibición u obligación de vivir en determinado sitio o transitar por ciertos lugares, trabajos comunitarios, cumplimiento de instrucciones judiciales. Para acceder será necesario haber cumplido la mitad de la condena en los delitos que prevén de tres a diez años de cárcel o dos tercios para los de mayor pena. Las condenas menores se pueden reemplazar directamente, pero siempre habrá una sanción a cumplir.

Dejan de existir las condenas de ejecución condicional. También se elimina la “reincidencia”, que genera “situaciones absurdas” como que el autor de un hecho gravísimo puede acceder a la libertad condicional y no el de dos delitos muy leves, según ejemplifica el penalista Roberto Carlés, coordinador de la comisión que redactó el anteproyecto. La eliminación de la prisión perpetua ya existe de hecho, pero se establece formalmente un máximo de treinta años de cárcel. Se prevé la detención domiciliaria por razones humanitarias.

El principio de oportunidad pretende que los fiscales no investiguen cualquier cosa, sino bajo criterios estipulados que optimicen los recursos y apunten a los “peces gordos”. También establece que no se deben penar los casos que no provoquen un daño trascendente. Se incorpora la responsabilidad penal de las personas jurídicas, como las empresas o las asociaciones.

Como hay ocasiones en que el límite entre un homicidio culposo (imprudente) y uno doloso es gris, se castiga con más severidad al culposo elevando el techo de la pena a ocho años de cárcel, que es el piso del doloso. Se podría aplicar, por caso, a los homicidios con un vehículo. Se incluyen el genocidio (con la pena máxima), los delitos contra la humanidad y los crímenes de guerra. Se especifica que ningún aborto es punible cuando el embarazo proviene de una violación.

Reaparece la figura de infanticidio, lo que habilita penas atenuadas en casos de madres que maten a sus hijos, por ejemplo bajo estado puerperal. Propone una figura atenuada de homicidio piadoso, cuando se mata a alguien para evitar su sufrimiento.

Contempla el sexo oral como forma de violación. Reconoce la violación o el abuso sexual en el matrimonio. Se elevan las penas en delitos contra la integridad y la libertad sexual cuando las víctimas sean menores de trece años; a la vez redefine la “corrupción” de menores en las agresiones sexuales de cada caso.

Se crean delitos contra el ambiente, la flora y la fauna. Se introducen delitos informáticos como el robo de identidad y la obtención fraudulenta de datos personales. Hay un nuevo delito de compraventa de menores. Otros, nuevos, para proteger a los trabajadores. Se tipifica el “cohecho” financiero.

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