SOCIEDAD

Una legislación a medida

Por D. A.

“Las leyes mineras son beneficiosas, al extremo, para las empresas”, resumen desde la Red de Comunidades Afectadas por la Minería, que nuclea a habitantes de San Juan, Chubut, Córdoba, Tucumán, Río Negro y Catamarca. Si bien corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos, éstas (dueña del mineral) no pueden cobrar más del tres por ciento del precio internacional de venta de los metales. Pero a ese tres por ciento las compañías deducen (por ley) los costos de transporte, fletes, seguro, molienda, comercialización, administración, fundición y refinación. “Las multinacionales no tienen retenciones a la exportación, no deben liquidar divisas (no ingresan el dinero de sus ventas al país, todo se dirige al exterior), no pagan impuestos de ingresos brutos, ni a los combustibles (el que todos pagan cuando cargan nafta), ni sellos, ni tasas para la importación; deducen gastos al doble a los fines del impuesto a las Ganancias; en los primeros cinco años no pagan impuestos nacionales, provinciales ni municipales. Por ejemplo, no pagan impuestos a las Ganancias ni Ingresos Brutos. No pagan IVA ni impuestos por ingreso de maquinarias”, explican desde la Red de Comunidades. Además, las mineras gozan de estabilidad fiscal por 30 años. Esto es: cualquier modificación –ejemplo: impuesto al cheque, que pagan todos los argentinos, o el corralito de 2001– no los afecta. Eufemísticamente lo llaman: “Régimen minero confiable”.

Compartir: 

Twitter

 
SOCIEDAD
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.