Viernes, 2 de agosto de 2013 | Hoy
23:31 › CORTAR LA RUTA NO ES DELITO
La Cámara Federal de Casación Penal dispuso el sobreseimiento de un imputado por el corte de la Ruta Nacional 22 en Río Negro durante un reclamo por viviendas y servicios básicos realizado en 2011.
La Sala IV del máximo tribunal penal resolvió por mayoría absolver a Raúl Norberto Rajneri, el único imputado en el marco de una causa iniciada el día 4 de junio de 2011 en Río Negro.
Rajneri -referente de la Corriente Clasista y Combativa y del Partido Comunista Revolucionario, PCR- participó, junto a vecinos del barrio Colonia Fátima de localidad de Cervantes de un corte de ruta para reclamar por viviendas para el sector y la concreción del servicio de cloacas.
En primera instancia, el dirigente fue sobreseído, pero un fiscal apeló y la la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca decidió procesarlo. Ante esto, Casación revocó el procesamiento, en el que se lo sindicaba como "coautor" del delito previsto en el artículo 194 del Código Penal que castiga la obstrucción de las vías de comunicación.
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