13:30 › OTRA ACCION EN LA JUSTICIA PARA FRENAR EL TARIFAZO CON LOS NUEVOS TOPES MAXIMOS DEL 400 Y 500 POR CIENTO

Movida para volver al viejo cuadro tarifario

En el juzgado federal de La Plata se está jugando el destino del tarifazo. Ahora la fiscal reclamó invalidar las recientes resoluciones del Ministerio de Energía, que fijaron topes máximos de facturación en las tarifas de gas.
Por Javier Lewkowicz

La fiscal federal de La Plata, Ana Miriam Russo, consideró que la Justicia debería invalidar las resoluciones del Ministerio de Energía que fijaron los nuevos topes máximos del 400 y 500 por ciento al incremento de la boleta de gas en relación al año pasado. El fundamento es que el límite al aumento presupone la vigencia del cuadro tarifario que se encuentra frenado por un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata. La anulación de las nuevas resoluciones no tendría efecto práctico inmediato sobre los usuarios, debido a que el tarifazo está congelado. Sin embargo, si volviera a estar vigente el aumento hasta que la Corte Suprema analice el tema, una nueva medida cautelar sobre los topes tarifarios sí cobraría relevancia. Los demandantes buscarían en ese caso extender la cautelar sobre los topes para poder continuar con la suspensión del tarifazo hasta que la Corte defina.

“Si son nulas las resoluciones precedentes por ausencia de realización de audiencias públicas, esa invalidez se extiende inexorablemente a las disposiciones subsiguientes que padecen del mismo vicio”, indicó la fiscal, quien se pronunció en el marco de la nueva medida cautelar en contra los topes tarifarios que fue presentada anteayer por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis). Esa entidad, que encabeza la demanda que frenó el tarifazo original en el gas, pedirá en estos días que la Cámara no suspenda el efecto del fallo.

El 7 de julio pasado la Sala II de la Cámara Federal de La Plata dictó un fallo que anuló el aumento de la tarifa de gas en todo el país y retrotrajo la situación tarifaria al momento previo a su dictado. En respuesta a ese fallo y a la presión popular, el Gobierno anunció el lunes 11 de julio nuevos topes al incremento. Definió que el valor de la factura del mismo período del año pasado podría multiplicarse a lo sumo por cinco o seis en función de si el usuario es residencial o un comercio, hotel o pyme. La resolución 129 conservó el aumento de la inicial resolución 31 (anulada por la Justicia) pero introdujo esos límites.

“Tenemos un pronunciamiento judicial que no solamente invalidó las resoluciones 28 y 31 que habían establecido un nuevo cuadro tarifario sino que contuvo un plus: determinó volver al estado de cosas anteriormente vigente en forma previa al dictado de ambas resoluciones. Resulta nítido que el Ministerio de Energía y Minería demandado no estuvo habilitado para cambiar ese statu quo”, detalló Russo. “El fallo le dice al Gobierno que tiene que barajar y dar de nuevo, pero el Gobierno apenas acomodó las cartas que estaban sobre la mesa. El nuevo tope se aplica sobre la resolución que está nula, entonces tampoco tiene valor”, amplió Claudio Boada, de la Unión de Usuarios y Consumidores.

El pedido de la nueva medida cautelar y el dictamen de la fiscal está en manos del juez federal de La Plata Alberto Recondo. El magistrado pidió información complementaria a la Procuración del Tesoro.

Si bien la validez de las nuevas resoluciones está lógicamente bajo el mismo cuestionamiento judicial que las anteriores, su anulación no traería efectos inmediatos en este momento para los usuarios. Es que el tarifazo está suspendido por el fallo judicial, con lo cual los nuevos topes tampoco rigen. Se espera que para fines de la semana próxima la Cámara dé a conocer si concede el recurso extraordinario presentado por el Gobierno y si lo hace con efecto suspensivo sobre el fallo. En ese caso, el dictado de una nueva medida cautelar sobre los topes sí cobraría relevancia. Los demandantes buscarían extender el efecto de esa cautelar sobre el aumento original, de modo que el tarifazo siga frenado hasta que la Corte se expida sobre el tema.

La Corte pidió días atrás una serie de informes al Gobierno para saber qué parámetros se tomaron para disponer la suba de tarifas, así como la de alcance social decretada por el Ejecutivo. Se prevé que recién haya una definición en agosto, cuando se reanude la actividad judicial.

Por ahora, el Gobierno admitió que los usuarios no deben pagar las facturas gas. Las distribuidoras de gas de todo el país no refacturaron con los nuevos topes ni tampoco con los valores previos al tarifazo, por eso se quejan sobre un supuesto quiebre de la cadena de pagos. El Gobierno pretende evitar el envío de facturas con los precios viejos y aspira a que en el corto plazo la Cámara suspenda el efecto del fallo y la Corte valide los nuevos topes.

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