00:00 › HABíA PEDIDO PENSIóN POR FALLECIMIENTO DE SU PAREJA

Para INADI es discriminatoria negativa de pensión por viudez a homosexual

El Instituto Nacional contra la Discriminación, el Racismo y la Xenofobia (INADI) consideró que la denegación pensión al sobreviviente de una pareja homosexual por parte de la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires es "discriminatoria".

Según el dictamen número 042-07, el reclamante había solicitado el beneficio previsional como consecuencia del fallecimiento de su compañero, médico aportante a la caja previsional y principal sostén económico de la pareja, con quien había convivido once años.

El hombre presentó un acción de amparo y en marzo de 2005 el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata, a cargo de Luis Federico Arias, reconoció el derecho a tramitar la pensión en igualdad de condiciones con las parejas heterosexuales.

En julio del año pasado, el fallo fue revocado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, y en marzo pasado la Suprema Corte bonaerense declaró "inadmisible" el recurso extraordinario presentado en apelación.

Ante esa vía judicial virtualmente cerrada, los abogados Julián Díaz Bardelli y Lorena Gutiérrez Villar, de la ONG Asociación Civil Siete Colores, anunciaron que presentarán un "recurso directo" ante la Corte Suprema de Justicia.

Entretanto, recurrieron al INADI, que opinó que la denegación de la pensión por el carácter homosexual de la pareja "implica una clara violación de la Ley 23.592", que pena los "Actos Discriminatorios".

A la luz de la Constitución Nacional y los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional no se puede sostener legislación, reglamentación ni interpretación alguna que desconozca los principios de igualdad y no discriminación, estableciendo limitaciones en el ejercicio de los derechos de la ciudadanía por su pertenencia cierto grupo y/o minoría, subraya el dictamen.

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